Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 16 de Febrero de 2017, expediente CIV 089819/2003/CA001

Fecha de Resolución16 de Febrero de 2017
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I A, A L s/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD (vigente hasta 13/08/2015 )

Buenos Aires, 16 de febrero de 2017.- MJ AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a estudio del Tribunal a fin de entender en el recurso de apelación articulado a fs. 454 contra la decisión de fs. 447/49 que hizo lugar al pedido de rehabilitación de A L A promovido a fs. 387/9 por la entonces vigente Unidad de Letrados para la Revisión de Sentencias y por el Sr. Defensor de Menores e Incapaces a fs. 438.

De los antecedentes de la causa se desprende que con fecha 1 de septiembre de 2003 el Juzgado Civil y Comercial N°5 de la ciudad de Paraná, Pcia. de Entre Ríos dictó sentencia restringiendo la capacidad de A L A en los términos del entonces vigente art. 152 bis del Código Civil. Las presentes actuaciones se iniciaron con posterioridad a dicho pronunciamiento en el marco del control de internación dispuesto por la Ley 22.914. Luego, ante el requerimiento del Sr. Defensor de Menores e Incapaces de Cámara, fs. 280 la Sra.

Juez de grado se avocó al conocimiento de la presente causa para lo cual requirió a la Titular del Juzgado de Familia N°1, S.. 3 de Paraná

que decline su competencia para poder entender en el proceso de determinación de la capacidad en esta jurisdicción, lo que finalmente sucedió conforme las constancias de fs. 297/301. Así, en octubre de 2013, el Dr. J solicitó “la realización de una evaluación interdisciplinaria a efectos de constatar la vigencia de la necesidad de la limitación de la capacidad jurídica [de A], la procedencia de readecuar la declaración hacia una menor limitación de la autonomía personal o incluso el levantamiento de la interdicción o rehabilitación de la capacidad, de corresponder” (fs. 314). En este contexto, el director médico del Establecimiento Geriátrico Neuquén -lugar donde Fecha de firma: 16/02/2017 Firmado por: PATRICIA E CASTRO - PAOLA M. GUISADO, #13102356#171742767#20170215125450408 se encontraba internada la causante- indicó que “se encuentra estable, con buena adaptación institucional (...) su diagnóstico psiquiátrico de ingreso es de Trastorno Psicótico no específico” (fs.320). Del informe socioambiental agregado a fs. 338/42 se observa que L A se mostró

colaboradora y gentil (...) globalmente orientada, manteniendo un dialogo coherente y lineal y con buen estado anímico (...). Es independiente, autoválida, se encuentra globalmente orientada, permanece bajo la...

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