A.J.A.L. S.R.L. S/quiebra - Síndico: Gustavo D. Guastavino

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición21 de Julio de 2008

Circ. III, Secc. B, Manz. 149, Parc. 12.- Matrícula 61.767. Sup. lote 368,05m2.- La propiedad consta de living comedor, 2 dormitorios, cocina comedor, baño, jardín al fondo y terraza. En su frente patio con entrada de cochera cubierta, en regular estado.

OCUPADO por el Sr. Norberto Gavetta, según constatación. EXHIBICIÓN: 23 y 24 de julio de 15 a 17 hs. La venta se realiza AD-CORPUS en el estado físico y jurídico en que el bien se encuentra.

BASE $ 51.366.- De no haber postores en la base establecida, a la media hora se reducirá la misma en un 25% y si aún persistiera la falta de postores, a la media hora se rematara SIN BASE.Seña 30%,

COMISION 3% mas IVA. Sellado de ley. Todo al contado, en efectivo al mejor postor. El comprador deberá abonar el saldo de precio directamente al acreedor dentro de los 10 días hábiles de efectuado el remate, bajo apercibimiento de lo establecido en el art. 62 y conc. y deberá constituir domicilio en la Cap. Fed. No procede la compra en COMISION.

Se hace saber el Plenario del Fuero Civil en autos 'Servicios Eficientes c/Yabra Roberto I. S/Ejec. del 18-02-99. Los gastos y honorarios de escrituración estarán a cargo del comprador. Deudas Mun.

$ 4.492,97 al 29-05-08; Rentas $ 4.107,10 al 30-04-08 y AYSA $ 85,67 al 29-05-08.

Buenos Aires, 10 de julio de 2008.

Federico L. de la Barra, martillero.

e. 17/07/2008 Nº 84.707 v. 21/07/2008 César Martín Estevarena, martillero publico de conformidad a lo solicitado por los acreedores hipotecarios y lo dispuesto por el art. 58 y 59 de la ley 24.441 comunica por tres días en los autos: 'OJEDA MARIA ELENA C/ KRAÑANSKY ISIDORO S/EJECUCION HIPOTECARIA; EXP.

Nº 40.477/1999'; que tramitan ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 79,

Secretaría única, sito en la calle Avda. de los Inmigrantes Nº 1950, 5º piso;que el martillero César Martín Estevarena, rematará el día 25 de Julio del 2008 a las 15 hs, en la sede de la Corporación de Rematadores sito en la calle Tte. Gral Juan D.

Perón Nº 1233 de esta Ciudad; el inmueble sito en la calle Estado Israel Nº 4679/81, unidad funcional Nº 15 del piso octavo, y 1/12 ava parte indivisa de la complementaria I de planta baja, con una superficie total para la unidad de 173,86 mts2, la misma se encuentra desocupada.- Nomenclatura catastral:

Circunscripción 18.- Sección 31.- Manzana 48.Parcela 27.- Matrícula 18-2872/15.- CONDICIONES DE VENTA: BASE: $ 276.760.- SEÑA 30%.

COMISION: 3%.- Todo en dinero en efectivo en el acto del remate.- El comprador deberá constituir domicilio en la Ciudad de Buenos Aires e integrar el saldo de precio dentro de los diez días de efectuada la subasta, bajo apercibimiento de ley, en el domicilio de la calle Paraná Nº 768, piso octavo contrafrente.- Con respecto a las deudas por tasas, se deberá estar al Plenario de la Excma Cámara en lo Civil del 18-02-99, en autos 'Servicios Eficientes c/Yabra Rolando s/Ejec-Hipotecaria.- En autos se han cumplimentado los requisitos del art. 576 del Cod. Procesal.- Adeuda en concepto de expensas comunes la suma de $ 114.295,32 al 31/03/08.- Se visita los días 22 y 23 de Julio del 2008 de 10 a 12 hs.

Buenos Aires, 11 de julio del 2008.

César Martín Estevarena, martillero.

e. 17/07/2008 Nº 84.732 v. 21/07/2008 3. Edictos Judiciales ANTERIORES 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.

CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL JUJUY El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad: FALLA: Primero: CONDENAR a MARCO O MARCOS ANTONIO CORREAS ABREGO, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de CUATRO AÑOS Y UN MES DE PRISION, multa de PESOS: DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 225), por encontrarlo autor responsable del delito de Transporte de Estupefacientes previsto y penado por el artículo 5º inciso 'c' de la ley 23.737, en Concurso real (artículo 55 del Código Penal), con el delito de Falsificación de Documento destinado a acreditar la identidad de las personas, previsto y penado por el artículo 292 segundo párrafo del Código Penal, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena de conformidad a lo dispuesto por el artículo 12 del Código Penal, con costas.- Segundo: FIJAR como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 10 de Enero del año dos mil doce, y días para el pago de multa y costas del Juicio.Tercero:

ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

Cuarto: DISPONER el decomiso del Documento Nacional de Identidad Nº 24.140.796 a nombre de Marcos Walter León. Quinto: REMITIR a MARCO O MARCOS ANTONIO CORREAS ABREGO, al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.- Sexto: MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas Marta Liliana Snopek Marcos Montaldi Ante mí: Efraín Ase, secretario.

e. 18/07/2008 Nº 581.930 v. 31/07/2008 El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE JUJUY,

FALLA:

  1. CONDENAR a Sandra Patricia GONZALEZ ROCHA y Uriel ORTEGA ALVEAR, de las demás calidades personales obrantes en autos a la pena de cinco (5) años y tres (3) meses de prisión, INHABILITACION ESPECIAL para ejercer el comercio por el tiempo de la condena,

    INHABILITACION ABSOLUTA por el doble tiempo de la condena, para desempeñarse como funcionario publico, e inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como miembro de fuerzas de seguridad, funcionario o empleado aduanero o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderadodecualquieradeestostresúltimos.Por encontrarlos coautores del delito de 'contrabando de importación de estupefacientes, agravado por el presunto destino de comercialización en grado de tentativa', previsto y penado en los Arts. 866

    2do. párrafo, en función del Art. 864 inc. 'a', 871 y Art. 876 incs. 'e', 'f' y 'h' del Código Aduanero (Ley 22.415). Sin perjuicio de las sanciones que correspondan en sede aduanera (Arts. 876 y 1026 inc. 'b' del Código Aduanero). Con mas la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena conforme Art. 12 del Código Penal. Con imposición de costas.

  2. COMPUTO de PENA: FIJAR corno fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el día 1 de Octubre del 2011; y diez días para el pago de las costas del juicio.III.- ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

  3. DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 30 de Mayo del 2008 a hs. 12:00, en la sede de este Tribunal (art. 400 del C.P.P.N.).

  4. MANDAR que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. MARTA LILIANA SNOPEK. Ante mí: EFRAIN ASE, Secretario.

    e. 11/07/2008 Nº 581.419 v. 24/07/2008 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:

    FALLA:

    Primero:CONDENANDOAEDABEATRIZMELO, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISION, multa de PESOS: DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 225), la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes cocaína, figura prevista y penada por el artículo 5º inciso 'C' de la ley 23.737, con costas.

    Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 4 de noviembre...

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