Sentencia de Sala I, 4 de Julio de 2011, expediente 40.699

Fecha de Resolución 4 de Julio de 2011
EmisorSala I

Poder Judicial de la Nación Sala

I- 40.699 – O., L. E.

procesamiento Juzgado Nacional de Instrucción n° 23 Secretaría n° 158 -causa de origen n° 41.157/08

En la ciudad de Buenos Aires, a los 4 días del mes de julio de 2011 se celebra la audiencia oral y pública en el presente recurso n° 40.699, en la que expuso la parte de acuerdo a lo establecido por el art. 454, Cód. P.. Penal (conf. ley 26.374). El compareciente aguarda en la antesala del tribunal, mientras los jueces pasan a deliberar en presencia de la actuaria (art. 396 ibídem). Luego del análisis del caso, consideramos que los agravios expuestos por el recurrente, confrontados con las actas escritas que tenemos a la vista, no logran conmover los argumentos expuestos por el magistrado de grado, que compartimos, por lo que la resolución será confirmada. Ello es así pues en cuanto al primer hecho imputado, consistente en la receptación de la motocicleta marca ……., su propietario ………... expuso con claridad las USO OFICIAL

circunstancias de tiempo, modo y lugar en que le fue sustraída, conforme surge de la denuncia formulada a fs. 1 el ….. de …………de …….., ratificada a fs. 131/vta. Así las cosas, teniendo en cuenta que a los pocos días, el 25 de ese mismo mes y año, O. fue detenido tras una persecución iniciada por el S.M.G. y el C.N.T. quienes intentaron su identificación al advertir que circulaban tres personas a bordo del motovehículo sin casco, sin dominio colocado y luego de haber cometido una infracción de tránsito, resultan elementos que permiten, por lo menos con el grado de provisoriedad que requiere el art. 306, CPPN, tener por acreditado el conocimiento que O. tenía acerca de su procedencia ilícita. Sin perjuicio de lo hasta aquí expuesto, y pese a que no ha sido motivo de agravio, advierte el tribunal una cuestión que impone se declare la nulidad del punto III) de la resolución a estudio en cuanto declaró la incompetencia parcial en razón de la materia a favor de la justicia penal, contravencional y de faltas de la ciudad autónoma de Buenos Aires de la posible portación de arma de uso civil sin la debida autorización que se atribuye a O.. Ello es así, dado que no obstante la problemática suscitada tanto en jurisprudencia como en doctrina vinculada a la forma en que la portación y/o tenencia de un arma de fuego concursa con otros ilícitos que puedan cometerse, en el caso la separación de la investigación podría entorpecer el normal desarrollo de ambas frente a la posibilidad del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR