Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 13 de Julio de 2016, expediente COM 034001/2012/CA002 - CA003

Fecha de Resolución13 de Julio de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala C

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación L'GOGAL S.A. c/ IGENAR ARGENTINA S.A. Y OTROS s/ORDINARIO Expediente N° 34001/2012/CA3 Juzgado N° 13 Secretaría N° 25 Buenos Aires, 13 de julio de 2016.

Y VISTOS:

I.V. apelada por la firma actora la resolución de fs. 1545/51 únicamente en cuanto por medio de ella el juez de primera instancia desestimó la pretensión de aquélla de tener por extemporánea a la contestación de demanda de la codemandada Hewlett Packard Company.

El recurso fue fundado a fs. 1562/66 y fue contestado a fs. 1570/4 por la nombrada coaccionada.

  1. i) Antes que nada, conviene hacer notar que el planteo que formuló la parte actora encaminado a que el juez de primera instancia declarara extemporánea la contestación de demanda de Hewlett Packard Company, fue él USO OFICIAL mismo extemporáneo.

    En efecto, el acto procesal por el cual el juez a quo tuvo por contestada la demanda por parte de dicha coaccionada tuvo lugar el 23.4.15 (fs. 1340), y quedó

    notificado en los estrados del tribunal el 24.4.15.

    Recién el 22.10.15, la actora formuló el pedido en cuestión (v. fs. 1379 y vta.).

    En síntesis, haber tenido a Hewlett Packard Company por contestada la demanda es acto firme que conlleva la consecuencia de la improcedencia del planteo por encima de cualquier otra consideración.

    ii) De todos modos, si se ingresara en el examen de la pretensión exteriorizada por la actora, la solución sería igualmente desestimatoria del planteo.

    Si bien es cierto que la suspensión del plazo para contestar demanda a raíz Fecha de firma: 13/07/2016 de la inexistencia de copias de traslado fue conferida únicamente a I. Firmado por: MACHIN-VILLANUEVA - GARIBOTTO (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), Firmado por: E.R.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA ARGENTINA S.A. Y OTROS s/ORDINARIO Expediente N° 34001/2012 L'GOGAL S.A. c/ IGENAR Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA #23049467#155887884#20160713093509734 Argentina S.A. y Hewlett Packard Argentina S.R.L. (v. fs. 1240 y fs. 1247), no podría verse en ello una limitación para considerar que la contestación de demanda por parte de Hewlett Packard Company fue temporánea.

    La inexistencia de copias de traslado fue un problema que afectó al conjunto de las tres codemandadas, con independencia que una de ellas no se presentó en autos a solicitar suspensión del plazo de conteste (la mencionada Hewlett Packard...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR