Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 3 de Diciembre de 2019

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2019
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita787/19
Número de CUIJ21 - 511893 - 7

Reg.: A y S t 294 p 293/298.

Santa Fe, 3 de diciembre del año 2019.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de E.C.L., contra el acuerdo 940, del 12 de diciembre de 2017, dictado por las Juezas del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, doctoras S., D. y H., en autos caratulados "L., E.C. - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'L., E.C. S/ ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE AGRAVADO POR LA SITUACIÓN DE CONVIVENCIA CON LA VÍCTIMA'- (CUIJ 21-06289807-8)" (EXPTE.C.S.J. CUIJ N°: 21-00511893-7); y,

CONSIDERANDO:

  1. Por decisión 940, del 12 de diciembre de 2017, las Juezas del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, doctoras S., D. y H. rechazaron las nulidades interpuestas por la defensa y confirmaron la sentencia por la cual se había condenado en juicio oral a E.C.L. como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la situación de convivencia con la víctima, imponiéndole -por mayoría- la pena de 8 años de prisión, accesorias legales y costas (arts. 119, segundo y cuarto párrafos, inc. F; 12; 29, inc. 3; 40; 41; 45, C.; y 331 y sgtes. y cctes. y 448, C.P.); (cfr. fs. 2/7v.).

  2. Contra tal fallo, la defensa del imputado interpone recurso de inconstitucionalidad, invocando grave afectación a principios constitucionales, puntualmente al derecho de defensa, debido proceso e "in dubio pro reo" (fs. 9/30).

    En efecto, cuestiona que se hubiera basado la sentencia en la declaración de la supuesta víctima en "Cámara Gesell", por cuanto no tuvo posibilidad de contraexaminarla. Expresa que al momento de testificar la joven tenía 17 años de edad y debió haberlo hecho en el debate por ser mayor de 16 años y porque su situación personal no justificaba la medida. Afirma que tal prueba fue esencial para determinar el resultado del juicio, dado que si se la suprime no hay posibilidad alguna de condena, considerando que los testigos que depusieron en el plenario sólo reprodujeron sus dichos.

    Señala que hubo contradicciones en el relato de la adolescente que ameritaban la posibilidad de efectuar un contraexamen por la defensa, mencionando como una de ellas que le habría manifestado al médico forense que había sido abusada con acceso carnal, que tomaba anticonceptivos y que tenía miedo de estar embarazada, demostrándose con el examen médico que era virgen. Plantea asimismo interrogantes que surgen de su relato que -dice- se hubieran podido dilucidar mediante una declaración en juicio, como los motivos por los que no les habría contado a su abuela y madre cuando supuestamente ocurrieron los sucesos, por los que no se los habría relatado a su novio, ni brindado detalles a sus amigas.

    Alega que no se probaron los golpes y amenazas señalados por la supuesta víctima y que el imputado siempre negó los hechos y sostuvo que la finalidad...

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