L. 26.911. Art 73, L.C.T.; modificación. Prohibición. Libertad de expresión
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L. 26.909. Trabajo de menores y mujeres
en las minas. Prohibición; derogación
(B.O. 5-12-13)
Modificación al Código de Minería:
Derogación del Artículo 239
sobre la prohibición del trabajo
de menores
aR T í c u L o 1º — Derógase el artículo 239 del
código de minería(*).
aR T . 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo
nacional. — Domínguez. — Rojkes de Alpero-
vich. — Bozzano. — Estrada.
L. 26.911. Art 73, L.C.T.; modificación.
Prohibición. Libertad de expresión
(B.O. 5-12-13).
aR T i c u L o 1º — Modifícase el artículo 73 del
régimen de contrato de trabajo aprobado por
la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el
que quedará redactado de la siguiente forma:
aR T . 73: Prohibición. Libertad de expresión.
El empleador no podrá, ya sea al tiempo
de su contratación, durante la vigencia del
contrato o con vista a su disolución, realizar
encuestas, averiguaciones o indagar sobre las
opiniones políticas, religiosas, sindicales, cul-
turales o de preferencia sexual del trabajador.
Este podrá expresar libremente sus opiniones
sobre tales aspectos en los lugares de trabajo,
en tanto ello no interfiera en el normal desa-
rrollo de las tareas.
aR T . 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo
nacional.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso
Argentino, en Buenos Aires, a los trece del
mes de noviembre del año dos mil trece. —
Domínguez. — Rojkes de Alperovich. — Boz-
zano. — Estrada.
D. 2031/2013
Promúlgase la ley Nº 26.911.
Bs. As., 3/12/2013
Por tanto:
Téngase por Ley de la Nación Nº 26.911
cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Fernández de Kirchner. — Capi-
tanich. — Tomada.
LEYES
LEGISLACION
(*) Art. 23 9. No debe emplearse en las mi nas ni-
ños menores de 10 años, n i ocuparse en los trabajos
internos niños i mpúberes ni mujeres.
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