Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 21 de Septiembre de 2020, expediente COM 001538/2020/CA002

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2020
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial HTC

1.538 / 2020

KRIEGER, W.F. c/ BANCO BBVA ARGENTINA S.A. Y

OTRO s/ ORDINARIO

Buenos Aires, 21 de septiembre de 2020.-

Y VISTOS:

  1. ) Apeló el accionante W.F.K. la decisión del 20.7.2020, mediante la cual la Sra. Juez de Grado admitió el recurso de revocatoria con apelación subsidiaria que opuso la codemandada BBVA Banco Francés Argentina S.A y procedió a revocar por contrario imperio el decreto del 30.6.2020

    que había dispuesto lo contrario y, en concordancia con todo ello, tuvo por contestada en tiempo y forma la demanda instaurada en su contra, haciendo saber el ofrecimiento de prueba y confiriendo traslado de la documental que la entidad bancaria incorporó en autos.-

    La a quo sostuvo que del texto del acta notarial conformada por la escribana interviniente para anoticiar esta acción al banco surgía un incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias destinadas a verificar si la requerida vivía en el lugar donde fue cursada esa diligencia –léase C. 111 de esta Ciudad- (arg. arts. 339 y 141 CPCC y art. 154 del Reglamento para la Organización y Funcionamiento de la Oficina de notificaciones para l Justicia Nacional y Federal:

    art. 1, acordada 19/1980 y sus modificaciones) pues, se trataba de un edificio de varios pisos que tenía sus oficinas cerradas.

    En ese orden de ideas, la sentenciante estimó que el vicio que resultaba de la traba de esta litis producía una violación al debido proceso y defensa en juicio del emplazado, razón por la cual dejó sin efecto un decreto anterior del 30

    de junio del presente año, donde se consideró, en virtud de lo dispuesto por el art.

    Fecha de firma: 21/09/2020

    Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: V.C.P., Prosecretaria de Cámara Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA

    335 del ritual, que la contestación de la demanda del banco era extemporánea.

    Para arribar a tal conclusión, la juez a quo postuló que aún cuando alguna controversia pudiera generar la solución que ahora adoptaba, lo cierto era que un criterio distinto en el marco de esta pandemia mundial y de las circunstancias extraordinarias derivadas de las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo y la C.S.J.N, importarían sin lugar a duda un rigorismo formal contrario al resguardo del derecho de defensa que todas las acordadas del Alto Tribunal y de esta Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial habían pretendido en todo momento amparar.-

    Los fundamentos de los agravios del actor fueron contestados por la codemandada BBVA Banco Francés Argentina S.A..-

  2. ) Antecedentes del caso.-

    i) Conferido el trámite de juicio ordinario y a resultas del reclamo de la parte actora, el juzgado de grado, con fecha 18.5.2020, ante las particularidades del caso –ateniéndose a que las dos (2) demandadas no contaban con domicilio constituido en autos- y no resultando posible –en esta etapa- la remisión de cédulas de forma electrónica, le hizo saber al actor que podía notificar el traslado de la demanda mediante cualquiera de los restantes medios de comunicación previstos en el artículo 136 del CPCCN.-

    ii) La parte actora agregó en autos un acta notarial de comprobación de notificación en lo que aquí interesa. La misma data del 26 de mayo de 2020 y allí,

    la notaria consignó que respecto al “BBVA Banco Francés Argentina S.A” se constituyó primero en la calle R.N.° 199 de esta Ciudad donde una persona de seguridad le solicitó que se dirigiera a P.N.° 380, después de imponerle su carácter y cometido. En su exposición, detalló que al concurrir a este último domicilio la atendió una persona que dijo llamarse L., quien le manifestó que debía dirigirse a Avenida C. Nº 111 y que luego de llegar a ese lugar, fue atendida por una persona que manifestó llamarse A.Á...

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