Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, 23 de Febrero de 2009, expediente 11.396/02

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2009

KONIGSBERG, R.G.C.R., H.F. Y

OTROS S/ EJECUCION PRENDARIA

11396/02 Juzg. 26 S.. 51 13-14-15

Buenos Aires, 23 de febrero de 2009.

Y VISTOS:

  1. La ejecutante apeló contra la resolución de fs. 936/8 en cuanto estableció que el cómputo del Coeficiente de Variación Salarial ordenado en la sentencia debía limitarse al 31/3/04 y que, a partir de esa fecha, ningún otro índice de actualización podría aplicarse de conformidad con dispuesto por el art. 4 de la ley 25.713.

    Fundó el recurso con el memorial de fs.

    944/6, respondido por el codemandado J.Z. en fs.

    953/7.

  2. a) Alega la apelante que la ley 25.713 no es de orden público porque la norma misma no lo establece así.

    Sin embargo, esa ley estableció la metodología de cálculo del C.E.R. y los casos de excepción a los que se aplicaría el C.V.S., comportando así una norma que en definitiva vino a completar y aclarar las disposiciones de la ley 25.561 -que es de orden público,

    art. 19- pasando a formar parte de todo el andamiaje legal a partir del cual se dispuso la "pesificación" de las deudas asumidas en dólares.

    En consecuencia, la aplicación de las prescripciones de la ley 25.713 es imperativa en el caso, en la medida en que pertenece a las medidas económicas adoptadas en el marco de la emergencia declarada anteriormente.

    De todos modos, la discusión se presenta supérflua porque, en definitiva, la parte demandada había instado su aplicación -bien que no expresamente- al calcular en su propia liquidación el C.V.S. hasta el 01/04/04 (v. fs. 920).

    1. Por otro lado esgrime la apelante que tampoco sería aplicable la ley 25.713 al caso porque fue sancionada y promulgada con posterioridad al dictado de la sentencia de trance y remate del 16/5/02 que, con carácter de cosa juzgada, ha establecido el modo en que debe liquidarse la acreencia. Cita en favor de su postura el fallo de Corte Suprema de Justicia de la Nación dictado in re "S. de A." del 14/8/07.

    Pero lo cierto es que las disposiciones de la ley 25.713 no modificaron la situación resuelta por la sentencia dictada en autos. Ese pronunciamiento estableció que, a partir del 3/2/02, al capital pesificado se le aplicaría el C.V.S. "o el coeficiente o valor índice que en caso lo reemplace...". El...

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