Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 29 de Octubre de 2018, expediente CIV 088811/2016

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J 88811/2016 - KNOPOFF, S.A. c/M., P. Y OTROS s/EJECUCION DE ALQUILERES Buenos Aires, 29 de octubre de 2018.-

AUTOS Y VISTOS:

  1. Vienen las presentes actuaciones a conocimiento de la Sala con motivo de los recursos de apelación interpuestos a fs. 118 y 120 contra la regulación de fs. 117, mediante la que se determinó la retribución, en orden a lo normado por la ley 21.839.-

  2. Dado que los trabajos profesionales que abarca la regulación de honorarios venida a conocimiento del Tribunal fueron desarrollados en vigencia de la ley 27.423 (B.O. 22/12/17)

    corresponde dejar sin efecto los honorarios recurridos.-

  3. Teniendo en consideración que las presentes actuaciones han concluído con la declaración de caducidad de la instancia por resolución de fs. 115, y atento que la ley 27.423 no contempla específicamente el modo de regulación de honorarios en el caso particular, aunque sí lo hace respecto de otros modos anormales de finalización del proceso (allanamiento, desistimiento y transacción)

    en su art. 25, consideramos corresponde la aplicación analógica de la citada norma en los casos de finalización del proceso por caducidad de la instancia en atención de que éste instituto se encuentra incluído en el Título V del Libro I del Código Procesal junto con los otros mencionados.-

  4. Dado que el monto del proceso, como se señala en la resolución de fs. 117, que es la base regulatoria, es de $ 156.653,17; lo cual equivale a 91, 34 UMA (valor del UMA conforme Acordada 27/2018) , aplicando la escala establecida en el art. 21 de la ley 27.423 (franja que va de 91 a 150 UMA), al monto resultante según porcentaje elegido se le aplica una reducción del 50 % conforme art.

    25 de la citada ley; y asimismo, teniendo en cuenta el interés económico comprometido, calidad del trabajo realizado, resultado Fecha de firma: 29/10/2018 Firmado por: VERON B.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DEL ROSARIO MATTERA MARTA Firmado por: B.P., JUEZ DE CAMARA #29216778#218994760#20181025084900046 obtenido y la trascendencia económica de la cuestión para su representado, de conformidad con los arts. 1, 3, 16, 21 y 25 de la ley 27.423 regúlense los honorarios del Dr. A.A.S. en la suma de pesos dieciocho mil ochocientos sesenta y cinco ($...

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