Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 5 de Junio de 2017, expediente CNT 034075/2012/CA002

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 91857 CAUSA NRO. 34075/2012 AUTOS: “KITANICK, G.J. C/ POCHINKI, GABRIELA EDITH Y OTRO S/ DESPIDO”

JUZGADO NRO. 29 SALA I En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 5 días del mes de junio de 2.017, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

La D.G.M.P. de I. dijo:

  1. Contra la sentencia de fs. 374/376 se alza la parte actora a tenor del memorial de agravios obrante a fs. 377/382. Esta presentación mereció la oportuna replica de las contrarias, que lucen a fs. 385/388 (codemandada Z.) y fs. 389/392 (coaccionadas M.R.S., EZ Productions SA y P.). Por otra parte, a fs. 383 el perito contador apela la regulación de los honorarios efectuada a su favor por entender que luce reducida.

  2. Memoro que en los presentes autos, la Sra. Jueza A Quo rechazó

    la demanda deducida por el actor contra P.G.E., Z.E., EZ Productions SA y Malka Records SA. El accionante reclamaba la cancelación de créditos salariales e indemnizatorios que consideraba adeudados a raíz de la ruptura intempestiva de una vinculación de carácter laboral que –

    sostuvo- lo unió a las codemandadas. En atención a los hechos que resultaron controvertidos y en virtud de la manera en que se trabó la litis, la anterior sentenciante examinó los términos de los intercambios telegráficos, la presunción que contempla el art. 23 de la L.C.T., las declaraciones testimoniales colectadas en autos y los informes producidos a instancias de las partes y juzgó que en el particular, no pudo comprobarse la existencia de una relación laboral dependiente entre el actor y las coaccionadas. Por lo expuesto, decidió desestimar la pretensión inaugural e impuso las costas procesales a cargo del accionante vencido (art. 68 CPCCN).

  3. La parte actora apela el pronunciamiento dictado en anterior instancia. Se queja frente al resultado del pleito, adverso a su reclamo inaugural.

    Cuestiona las conclusiones a las que arribó la Sra. Magistrada que me precedió.

    Critica la valoración de la prueba efectuada por la anterior juzgadora y en particular, el resultado de la prueba de testigos elemento que –a su entender-

    resulta valioso para avalar los presupuestos esgrimidos en la demanda. Insiste en Fecha de firma: 05/06/2017 Firmado por: G.G., JUEZA DE CAMARA Firmado por: G.M.P.D.I., JUEZA DE CAMARA #20318862#180499149#20170605085723338 Poder Judicial de la Nación el examen de la prueba pericial contable, frente a lo informado por el auxiliar en cuanto a la omisión de las empresas coaccionadas respecto a la exhibición de sus libros contables. Por los argumentos que esboza, critica el rechazo de las sanciones en orden a la falta de registración de la relación de empleo sobre la que sostuvo su existencia y apunta la omisión de consideración en la sentencia respecto a la situación procesal en la cual se halló incursa la persona física codemandada Sra. P. (cfr fs. 131 art. 71 LO). Controvierte la imposición de las costas procesales y cuestiona por elevados los honorarios determinados a favor de la totalidad de los profesionales intervinientes.

  4. Respecto a la presentación deducida por la parte actora, efectuado un detenido examen de lo sostenido en el inicio, el intercambio telegráfico, las constancias probatorias adunadas en la causa y los...

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