Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA A - CAMARA EN LO COMERCIAL, 29 de Noviembre de 2013, expediente 46083/2007

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2013
EmisorSALA A - CAMARA EN LO COMERCIAL

Poder Judicial de la Nación.

JMB.

J.. 1 - Sec. 2.

046083/2007.

KIM YUN HO C/ KIM JONG SEONG Y OTRO S/ EJECUTIVO.

Buenos Aires, 29 de Noviembre de 2.013.-

Y VISTOS:

1.) Apeló la parte actora K.Y.H. la decisión de fs. 283/285, en la que el Sr. Juez de Grado desinsaculado al sólo efecto de resolver la incidencia de marras, consideró tempestivo el planteo introducido por el co-

ejecutado K.J.S. y, en consecuencia, dispuso su apertura a prueba -

pericia caligráfica- por el término sólo de diez (10) días.-

Los fundamentos de la apelación obran desarrollados en fs.337/339 habiendo sido respondido por su contrario en fs. 344/346.-

Se agravió el recurrente invocando que el fallo de grado no sería acertado pues el plazo perentorio de quince (15) días fijado para que su co-

ejecutado introdujera su articulación debió ser rechazado al resultar extemporáneo. Señaló, en esa línea, que este último se limitó a esgrimir el mismo planteo (que dio motivo a que, en su momento, se revocara la nulidad de la ejecución declarada por el juez de grado previniente) que se ceñía a solicitar la suspensión de los trámites de subasta, lo que fue admitido tanto en la anterior instancia así como por esta S., en su oportunidad. Siguió

diciendo, que si realmente el accionado estaba planteando la nulidad de todo lo actuado y/o de la sentencia de trance y remate, ello no era atendible en virtud de lo previsto por el art. 170 del ritual. Por último denunció, que el accionado también promovió un juicio ordinario, conforme lo previsionado por el art. 553 del ritual, situación que podría derivar en que una misma situación jurídica fuera evaluada por dos (2) jueces diferentes.-

2.) Liminarmente, es del caso realizar una reseña de las circunstancias que se muestran necesarias para analizar la materia propuesta a conocimiento de este Tribunal, a saber:

i) Estas actuaciones fueron promovidas por K.Y.H. a los fines de ejecutar el pagaré copiado a fs. 7 contra los Sres. K.J.S. y Lee Hwa Ja y, no habiendo estos últimos opuesto excepciones se dictó

sentencia de trance y remate, con fecha 16.11.07.-

Encontrándose los autos en los trámites preparatorios para la subasta del inmueble embargado en autos (propiedad del co-accionado K.J.S., los demandados solicitaron la suspensión del remate pues, el único titular del bien en cuestión no habría suscripto el pagaré a resultas de lo peritado en sede penal. En virtud de dicha petición, el Sr. Juez de Grado, decretó la nulidad de la condena recaída...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR