Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 28 de Octubre de 2020, expediente CAF 006852/2019/CA001

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2020
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA III

6852/2019

KIERNAN MORENO, A.R. c/ EN-SENASA s/

EMPLEO PUBLICO

Buenos Aires, de octubre de 2020.- SMM

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que, vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, con motivo del recurso de apelación que interpuso la parte demandada -en subsidio de la reposición que fue desestimada con fecha 13/2/2020- contra la providencia por la que se confirió traslado de la demanda por el plazo de treinta (30) días, de conformidad con lo establecido en el art. 9 de la ley 25.344.

II- Que el planteo que formula el recurrente no resulta atendible.

Ello es así, toda vez que el plazo de sesenta días previsto en el art. 338 -in fine- del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para comparecer y contestar demanda, resulta de aplicación -según sus propios términos- para la Nación, las provincias y las municipalidades.

En la especie, cabe destacar que -como se ha dicho en precedentes análogos al presente- el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria fue creado como entidad autárquica (conf. art. 1º del decreto 1585/96). Se trata de una persona jurídica pública de carácter estatal, que posee personería jurídica propia distinta a la del Estado Nacional. Y, por ser ello así́, no resulta aplicable el plazo más amplio previsto para la contestación de la demanda en el citado artículo 338 del Código Procesal -en tanto dicho precepto solo se refiere al caso en que la parte demandada fuere “la Nación, una provincia o una municipalidad”- sino el plazo de 30 días Fecha de firma: 28/10/2020

Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: S.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA

establecido en el artículo 9º de la ley 25.344 (en este sentido, S.I.,

R., M. c/ Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria...

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