Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 21 de Agosto de 2013, expediente Rl 111056

PresidenteSoria-Hitters-Kogan-Pettigiani
Fecha de Resolución21 de Agosto de 2013
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

L111056- "KESSLER, M.A. Y OTROS C/ EL GAITERO S.A. Y OTRO. S/ INDEMNIZACION POR DEPIDO".

//Plata, 21 de Agosto de 2013.

AUTOS Y VISTO

Los señores jueces doctores S., Hitters, K. y P. dijeron:

  1. El Tribunal del Trabajo con asiento en la ciudad de Olavarría, perteneciente al Departamento Judicial Azul, rechazó en todas sus partes la acción incoada por M.Á.K., A.A.P., H.A.S. y V.S. contra El Gaitero S.A. y Canteras Dolomitas S.R.L., en concepto de indemnización por despido y otros rubros de naturaleza laboral (fs. 196/206).

    Frente a lo así resuelto, el letrado apoderado de los legitimados activos interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 217/224 vta.), el que fue concedido a fs. 227 y vta.

  2. De modo liminar, resulta esencial señalar que en supuestos como el de autos, en que existe un litisconsorcio facultativo activo, el valor de lo cuestionado ante esta instancia a los fines de dar cumplimiento con el art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial está representado, para los impugnantes, por las sumas individualmente reclamadas en la demanda (v. fs. 13 vta./15), el cual no alcanza, respecto de ninguno de ellos, el monto mínimo establecido por aquella norma (conf. doct. causas L. 103.565, "B.", sent. del 12-X-2011; L. 98.928, "Á.", sent. del 13-X-2010; L. 92.958, "Da Silva", sent. del 3-VI-2009).

    En tales condiciones, el recurso sólo puede abordarse en el marco de la excepción que contempla el art. 55, primer párrafoin finede la ley 11.653, hipótesis que se configura cuando este Tribunal ha establecido una doctrina mediante la interpretación de las normas que rigen la relación sustancial debatida en una determinada controversia y el fallo apelado la transgrede, precisamente, en un...

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