Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 9 de Mayo de 2012, expediente Rc 115514

PresidenteNegri-Hitters-Genoud-Pettigiani
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2012
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 115.514"K. de G., A. y Otro Contra Bosio, V.R.D. y Otros. Desalojo".

//Plata, 9 de mayo de 2012.

AUTOS Y VISTO:

  1. Esta Corte, en lo que ahora interesa destacar, con relación al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley emplazó a los impugnantes para que, en el plazo de diez días, acrediten ante esta sede la valuación fiscal del inmueble cuestionado, a los fines de cumplir con lo previsto por los arts. 278 y 280 del Código Procesal Civil y Comercial, bajo apercibimiento de deserción (fs. 229/vta.). Dicha resolución fue debidamente notificada (fs. 231/vta.).

  2. Así, encontrándose vencido el plazo allí fijado sin que los mismos hayan dado cumplimiento a la intimación dispuesta, corresponde hacer efectivo el apercibimiento decretado y, en consecuencia, declarar la deserción de la vía extraordinaria incoada (arg. arts. 278 y 280, C.P.C.C.).

POR ELLO,se declara desierto el recurso de inaplicabilidad de ley deducido (arts. 278 y 280, cits.).

El depósito previo efectuado a fs. 218 se restituirá a los...

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