Katan Selem Emilia- Furman Claudio Fernando S/inf.Ley24769. Causa Nº676/03. Declaran Extinguida la Causa Contra Enrique Dario Shaferstein y Sobreseer Totalmente.

Fecha de disposición01 Marzo 2007
Fecha de publicación01 Marzo 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31106

man Quiros - Juez Subrogante Ante mí: Verónica G. L. García. Secretaria Buenos Aires, 9 de febrero de 2007.

e. 26/02/2007 Nº 538.420 v. 02/03/2007 Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nro.

8, Secretaría Nro.16 resolvió con fecha 7 de febrero de 2007 DECLARAR EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN LA ACCIÓN PENAL emergente de autos respecto del Sr. Enrique Darío SHAFERSTEIN (DNI Nº 12.600.501), en orden a la conducta consistente en la evasión tributaria simple contemplada por el art. 1º de la ley 24.769, en orden al impuesto a las Ganancias y al Impuesto al ValorAgregado, correspondientes a los ejercicios anuales 1997 y 1999, respectivamente, por las sumas de $ 174.364,06 y $ 168.095,49, de la persona jurídica COMPACT COMPANY S.A. y en su condición de contador de la sociedad referida (art. 1º de la Ley 24.769 y 59 inc. 3º, 62 inc. 2º, 63 y 67 del C.P.), y SOBRESEER TOTALMENTE al nombrado, en la presente causa Nº 676/03 tramitada inicialmente ante el Juzgado Penal Tributario Nº 1, bajo el Nº 596/2004, en orden la los hechos investigados (art. 336 inc. 1ro. del C.P.P.). SIN COSTAS (art.

329 y ccdantes del CPP). Publíquese por cinco (5) días. Buenos Aires, de febrero de 2007.

Fdo. Diego Zysman Quiros Juez Subrogante -Ante mí: Verónica G. L. García. Secretaria.

Buenos Aires, 12 de febrero de 2007.

e. 26/02/2007 Nº 538.418 v. 02/03/2007 Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nro.

8, Secretaría Nro.16 resolvió con fecha 28 de diciembre de 2006 DECLARAR EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN LA ACCIÓN PENAL emergente de autos respecto de Rafael J. DUCAY (DNI Nº 4.176.825, argentino, nacido el 27/07/36, hijo de Rafael y de Lidia María PAULINA), en orden a la presunta omisión de depósito de aportes de la Seguridad Social de los empleados a cargo de los responsables de la Unión Transitoria de Empresas integrada por EXTESA S.A. y por MIXCELL S.A., respecto a los períodos mayo a diciembre de 1991 y enero y febrero de 1992. (art. 9 de la ley 24.769 y arts.

59 inc. 3ero., 62 inc. 2do, 63, 67 del C.P. (modificado por ley 25.990), SOBRESEER al Sr. Rafael J. DUCAY (de las demás condiciones personales obrantes en autos) en la presente causa y en relación a lo dispuesto en el pto. I del presente resolutorio (art. 336 inc. 1ro. del C.P.P.N.) y SOBRESEER TOTALMENTE al Sr.

Rafael J. DUCAY (de las demás condiciones personales obrantes en autos), en relación a la presunta omisión de depósito de aportes de los empleados a cargo de los responsables de la Unión de Empresas integrada por...

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