Kari S.A. S/quiebra (pedido de Quiebra por Obra Social de los Empleados de Comerc.)

Fecha de la disposición 5 de Mayo de 2009

Buenos Aires, 24 de abril de 2009.

Jorge Médici, secretario.

e. 30/04/2009 Nº 30653/09 v. 07/05/2009 N° 13

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 13, a cargo de la Dra. Alejandra N.

Tévez, Secretaría Nº 25 interinamente a cargo del Dr. Sebastián Julio Martorano sito en Marcelo T.

Alvear 1840, 4º piso, de esta capital, comunica por CINCO días que con fecha 7 de abril de 2009, en los autos caratulados 'EMPRESAS UNIDAS DEL OESTE S.A. S/QUIEBRA', se resolvió decretar la quiebra de EMPRESAS UNIDAS DEL OESTE S.A., CUIT Nº 33-70842687-9, haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean de la fallida, así como la prohibición de realizar pagos a la misma, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal la jurisdicción del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los estrados del Juzgado. El síndico designado en las presentes actuaciones es contador Rubén Oscar Rusenas, con domicilio en la calle Uruguay 750, Piso 2º, Of. 'B', domicilio éste al cual deberán concurrir los acreedores a insinuar sus créditos hasta el día 5 de Junio de 2009. El presente deberá ser publicado por el término de cinco días sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3º LC.).

Buenos Aires, 17 de abril de 2009.

Sebastián Julio Martorano, secretario.

e. 04/05/2009 Nº 32882/09 v. 08/05/2009 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 13 a cargo de la Dra. Alejandra N.Tevez, con intervención de la Secretaría Nº 25 a mi cargo interinamente, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 Piso 4º (TE. Nº 4815-3840/ 48153853) de ésta Capital Federal comunica por el término de cinco días que con fecha 31 de Marzo de 2009 se decretó la quiebra de 'OPEN SPORTS BUSINESS S.A. haciéndole saber a que deberán hacer entrega al síndico judicial de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos al mismo, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. Se intima al deudor para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522, en cuanto a su remisión al art. 11 incs. 2º, 3º, 4º y 5º y en su caso a los incs. 1º, 6º y 7º del mismo texto legal.

Se hace saber a los interesados que el síndico designado en las presentes actuaciones es el contador Boggan Alejandro Fabian con domicilio en la calle Uruguay 660 Piso 7 'C'. Capital Federal, domicilio éste al que deberán concurrir los acreedores a insinuar sus créditos hasta el día 16 de junio de 2009.

Buenos Aires, 17 de abril de 2009.

Sebastián Julio Martorano, secretario.

e. 04/05/2009 Nº 32910/09 v. 08/05/2009 N° 14

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Susana M. I. Polotto, Secretaría Nº 27, a cargo del Dra.

Karin Martín de Ferrario, sito en Callao 635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica por por 5 días que con fecha 13 de abril de 2009, en los autos caratulados 'FERIA DE LAS REVISTAS S.R.L. S/QUIEBRA', se resolvió decretar la quiebra de FERIA DE LAS REVISTAS S.R.L. (C.U.I.T.

30710090579) haciéndole saber a este y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos a la misma, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24522 en cuanto a su remisión al art. 11 inc. 2, 3, 4, 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal.

Fíjase hasta el día 01/07/09 para que los acreedores por causa o título anterior a la declaración de quiebras y sus garantes, formulen al síndico el pedido de verificación de sus créditos. Se fijan las fechas de 28/08/09 y el 09/10/09 para las presentaciones de los informes individuales y generales, previstos en el art. 35 y 39 de la L.C. respectivamente, pudiendo ser observado, el último, dentro de los 10 días de presentados art. 40 L.C..

El síndico designado es el contador GUSTAVO ADRIAN MILIO con domicilio en ECHENAGUCIA 925 al cual deberán concurrir los acreedores a verificar sus créditos. El presente deberá ser publicado por el término de 5 días sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.).

Buenos Aires, 22 de abril de 2009.

Karin Martín de Ferrario, secretaria.

e. 29/04/2009 Nº 30094/09 v. 06/05/2009 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo...

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