Kalinoski, Juliana Vanesa S/ Estafa

Fecha de publicación10 Julio 2009
Fecha de disposición10 Julio 2009
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta30691

e. 07/07/2009 Nº 57488/09 v. 10/07/2009 Nº 6

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 6, a cargo del Dr.Rodolfo Canicoba Corral, Secretaría Nº 11 del Dr. Miguel Angel Ambrosio, cita y emplaza a la Dra. Maria Maraventano (Tº 47; Fº 591) quien deberá presentarse al Tribunal a fin de ser notificada de la regulación que luce a fs. 2241 del Incidente de Regulación de honorarios de Perrone de Toretti Graciela, en la causa Nº 8566/96, dentro de los tres días desde la última publicación del presente. Publíquese por 5 (cinco) días.

Buenos Aires, 26 de junio de 2009.

Verónica C. Coda, secretaria.

e. 07/07/2009 Nº 56379/09 v. 14/07/2009 Nº 8

Toda vez que a la fecha se han agotado los medios probatorios para lograr la averiguación del actual domicilio particular del encartado Felipe Mario Farruggio, según resultados obtenidos como el informe Actuarial plasmado a fojas 502 referido al resultado obtenido por la Comisaría San Martín 2da. de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, sobre el domicilio de la calle Lacroce nro.

Fdo. Marcelo Martínez de Giorgi, Juez Federal Subrogante. Ante mí:

Lucio Sebastián López, secretario' Secretaría nro.16, a los 25 días del mes de junio de dos mil nueve.

Lucio Sebastián López, secretario.

e. 07/07/2009 Nº 56538/09 v. 14/07/2009 Nº 12

El Sr. Juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 12, Dr. Sergio Gabriel Torres, Secretaría Nº 23 a cargo del Dr.

Diego Javier Slupski, notifica por intermedio del presente a José Andrés López Dorado (peruano, nacido el 30 de junio de 1985, soltero) de lo dispuesto en la causa Nº 7859/09 caratulada 'López Dorado José Andrés s/infracción ley 23.737' y que a continuación se transcribe: '///nos Aires, 30 de junio de 2009.- En atención a la incomparecencia de José Andrés López Dorado y toda vez que se desconoce otro domicilio, cítese al nombrado para que comparezca ante este Tribunal dentro de los tres días de notificada con el objeto de prestar declaración indagatoria en razón de lo normado en el art. 294 del Código Procesal Penal de la Nación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, en caso de incomparecencia injustificada. A tal fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial, con el objeto de solicitarle la publicación del edicto pertinente por el término de cinco días, tal como lo señala el art. 150 del Código Procesal Penal de la Nación Asimismo, hágasele saber al Sr. Director del Boletín Oficial que una vez de finalizada la publicación de dicho edicto se deberá informar a este Tribunal los días en que dicha publicación se hizo efectiva...

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