Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 24 de Septiembre de 2018, expediente CIV 081396/2017

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 81396/2017. K, P Y OTRO s/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD Buenos Aires, 24 de septiembre de 2018.- MS fs. 181 AUTOS Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a la Alzada para resolver el recurso de apelación interpuesto a fs. 103, concedido a fs. 140, contra la decisión de fs. 100 pto.

  1. El memorial obra a fs. 144/149 y fue contestado a fs. 153/163.-

    A fs.176/179 dictaminó la Sra. Defensora de Menores de Cámara, propiciando que se mantenga la providencia recurrida.-

  2. Cuestiona quien se presentara en autos como letrada apoderada del Sr. P …, lo dispuesto por la a quo en cuanto de conformidad con lo previsto en el art. 624 del Código Procesal, designó dos peritos médicos psiquiatras a los fines solicitados por la Sra. Defensora Pública de Menores a fs. 94, que requirió la adjunción de certificados de dos médicos psiquiatras, relativos al estado mental actual del nombrado, suscriptos por dos peritos designados de la lista de la Cámara del fuero.-

    La recurrente centra sustancialmente la crítica en la afirmación de que la apertura del presente proceso, interpuesto por el nieto del Sr. P…, carece de todo sustento jurídico y que la continuación de su tramitación no encuentra razón justificada alguna vulnerándose derechos personalísimos de su representando como asimismo a su integridad psicofísica, causándole un grave daño emocional.- Sostiene que el inicio de esta causa es producto del pedido de remoción del Albacea Sr. P …, que hace entre otros su mandante, en la sucesión de su cónyuge.

  3. Examinadas las presentes actuaciones, y las copias certificadas recibidas (v. fs. 179 vta.) del expediente sucesorio nro.

    18639/2017 y del respectivo incidente de administración nro.

    Fecha de firma: 24/09/2018 Alta en sistema: 26/09/2018 Firmado por: C.M.K., Juez de Cámara Firmado por: J.B.F., #30896107#216902826#20180920114939914 18639/2017/1, resulta que este proceso sobre determinación de la capacidad del Sr. P…, fue promovido por su nieto el Sr. P…, designado albacea en la sucesión mencionada precedentemente, de la Sra. S…. En dichos obrados, la Sra. Defensora de Menores de la instancia de grado requirió que se disponga la inmediata evaluación interdisciplinaria del Sr. P… a efectos de que los profesionales intervinientes informen si aquél presenta - a raíz de su patología - una disminución en sus funciones que le resulten limitante de sus facultades y autovalía, y si esta situación genere el riesgo de que...

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