Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL, 10 de Noviembre de 2020, expediente FLP 021348/2020/CA001

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

La Plata, 10 de noviembre de 2020.-

Y VISTOS: Este expediente N° FLP 21348/2020/CA1,

caratulado: “K., A.J.J. c/ ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS

EMPRESARIOS -OSDE- s/AMPARO LEY 16.986”, proveniente del Juzgado Federal N° 3 de Lomas de Z..-

Y CONSIDERANDO QUE:

EL JUEZ L.A. DIJO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la resolución de primera instancia que hizo lugar a la medida cautelar solicitada y, consecuentemente, ordenó a la Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE), que suministre en forma inmediata al menor I.

    F. K. una ventosa BODY BUILDER para tratar la patología Pectus Excavatum que padece, M.E.K., según criterio médico.

  2. Se agravia la recurrente de lo decidido, toda vez que considera que se debe evaluar con mayor precisión los recaudos de verosimilitud en el derecho y peligro en la demora, ya que se ha dictado una medida precautoria que coincide en forma total con la pretensión de la parte actora, pronunciándose anticipadamente sobre el fondo del asunto.

    Manifiesta que no se cumple el requisito de verosimilitud en el derecho ya que la conducta de su mandante se ajusta a lo establecido por la normativa vigente, pretendiendo la accionante que se le otorgue cobertura integral de una prótesis, cuando dicha cobertura se encuentra contemplada en el PMO al 50%.

    Explica que la R.ución 201/2002 en su punto 8.3.3 establece que para prótesis y órtesis la cobertura será del 100% en prótesis e implantes de colocación interna permanente y del 50% en órtesis y prótesis externas; y que en la cartilla médica de OSDE se indica expresamente la cobertura sobre prótesis no quirúrgica y órtesis nacionales, la cual es al 50% como establece la normativa legal vigente.

    Agrega que no se puede obligar a los agentes del seguro de salud a cubrir prestaciones no contempladas en el PMO, siendo en todo caso el Estado, en su calidad de garante del derecho a la salud reconocido en la Fecha de firma: 10/11/2020

    Firmado por: E.S.F., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: C.A.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

    Constitución Nacional el que deberá satisfacer aquellas prestaciones que no ha puesto en cabeza del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

  3. El sub examine exige de la magistratura una solución expedita y efectiva frente a la magnitud de los derechos constitucionales conculcados y la eventual concreción de un daño irreparable; en el caso se encuentra afectada la salud del hijo del accionante (conf. doctrina de la CSJN

    en Fallos: 324: 2042; 325:3542; 326:970, 1400 y 4981; 327:1444; P. 1425.

  4. “P., S.O. y otra c/ Estado Nacional y otra s/ acción de amparo”, fallo del 7/12/04; L. 1566.

  5. “L., M.E.R. c/ Buenos Aires, Provincia de y otro (Estado Nacional) s/ acción de amparo”, fallo del 15/03/05; A. 1530. XL. A., E.E. c/

    Buenos Aires, Provincia de (Minist. de Salud) y otro (Poder Ejecutivo Nacional s/ acción de amparo”, fallo del 14/12/04, E.D. 24 05 05 (supl.), nro.

    248.; entre otros).

    Como resulta de la naturaleza de las medidas cautelares, ellas no exigen el examen de la certeza sobre la existencia del derecho pretendido,

    sino sólo de su verosimilitud. Es más, el juicio de verdad en esta materia se encuentra en oposición a la finalidad del instituto cautelar, que no es otra que atender a aquello que no excede el marco de lo hipotético, dentro del cual,

    asimismo, agota su virtualidad (Fallos: 315:2956; 316:2855 y 2860; 317:243 y 581; 318:30 y 532; 323:1877 y 324:2042).

    Por otro lado, los recaudos para la procedencia genérica de las medidas...

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