JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA (S/C 501182 Jun. 13 Jun. 15)

Fecha15 Junio 2023
Número de registro501182
EmisorJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Circuito N° 15 de la ciudad de Arroyo Seco, en los autos: COMUNA DE ACEBAL c/FORTALEIN S.A. s/Apremio Municipal - CUIJ N° 21-22768398-5, se hace saber a FORTALEIN S.A. que se ha dictado la siguiente resolución: Arroyo Seco, 04 de Mayo de 2023. Tomo: 94 Folio: 17 Resolución: 608 - VISTA Y CONSIDERANDO: la demanda deducida en los autos individualizados supra y la normativa invocada y aplicable al caso, RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso, agregando la documental acompañada en simple copia digitalizada. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley N° 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, librar al domicilio denunciado mandamiento de intimación de pago y embargo por la suma de $41.800,00 con más la de $20.900, estimados provisoriamente para intereses y costas, sobre los fondos dinerarios que se encuentren depositados y/o depositen en cuenta bancaria de la que sea titular FORTALEIN S.A., en el Banco Santander Río en cualquiera de sus sucursales. De no existir saldo suficiente a la fecha de recepción del oficio, el embargo se extenderá sobre cualquier otro activo financiero abierto a nombre de aquélla. Se deja aclarado que en caso de que la cuenta o activo tuviese más de un titular, la medida se efectivizará exclusivamente sobre la parte indivisa que corresponda al aquí ejecutado. El despacho pertinente deberá dejar expresa constancia de que, una vez cubierto el monto sobre el cual se ha ordenado el embargo (en la sucursal y cuenta...

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