JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA (S/C 405630 Oct. 22 Oct. 28)

Número de registro405630
Fecha28 Octubre 2019
EmisorJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Villa Ocampo; se ha dictado en los autos caratulados: MEZA, FÉLIX ALCIDES s/Quiebra” CUIJ 21-26321578-5, la siguiente resolución: Villa Ocampo, 3 de Octubre de 2019. Autos y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Disponerla apertura de la quiebra del Sr. Félix Alcides Meza, D.N.I. N° 11.605.913, con domicilio en Pasaje Público entre 4 y 6 S/N Barrio Asunta de la ciudad de Las Toscas, provincia de Santa Fe, y a los efectos legales en calle Rivadavia N° 1448, de esta ciudad. 2) Ordenar la anotación de la quiebra, la inhabilitación del fallido en el Registro de Procesos Universales y la inhibición general de bienes al Registro General de la Propiedad, y demás registros que correspondan. Comunicar la presente declaración en quiebra a la Administración Provincial de Impuestos (art. 29 Código Fiscal - texto ordenado decreto 2350/97). 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). 5) Disponer la prohibición al fallido de ausentarse, del país hasta la presentación del informe general (Art. 103, Ley 24.522), salvo autorización judicial concedida en cada caso. A sus efectos, se librarán de inmediato los oficios pertinentes a las autoridades de control de fronteras que corresponda, comunicando la fecha fijada para la presentación del informe general y haciéndoseles saber que, en caso de disponerse prórroga para la presentación de dicho informe o extensión de la interdicción de salida del país del fallido, se comunicará en cada caso mediante oficio. Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522, oficiándose a tal fin. 6) Designar audiencia a los efectos del sorteo del Síndico, la que se realizará en la Secretaría del Juzgado, para el día 17 de Octubre de 2019 a las 10 horas, lo que se comunicará al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. 7) Previo a ordenar la realización de los bienes, deberá proceder la...

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