Juzgado de Primera Instancia, documento núm. 370215

Fecha de Entrada en Vigor12 de Octubre de 2018
EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición 9 de Enero de 2018

Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PÉREZ FABIÁN HERMINDO s/Apremio 21-22764053-4, se ha dictado lo siguiente: Nº 967. Arroyo Seco, 16/05/2018. Vista la demanda incoada en los autos individualizados supra. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 14.321,61 en concepto de capital, con más la suma de $ 7.160, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado; Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Pérez Fabián Hermindo y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente unica sobre vehiculo correspondiente al dominio IXZ517. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370213 Oct. 9 Oct. 11

Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo...

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