Juzgado de Primera Instancia, documento núm. 361232

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Julio de 2018
EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición 4 de Enero de 2018

Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados “GÓMEZ, JORGE ALBERTO s/Quiebra” (Expte. CUIJ 21-01991609-7), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, Junio 22 de 2018.- ...AUTOS Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de Jorge Alberto Gómez, argentino, mayor de edad, DNI: 14.048.781, empleado, domiciliada realmente en calle Juan Díaz de Solisl528 y constituyendo domicilio legal en calle Francia 1743 Of. 2 ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose.3- Decretar la inhibición general de bienes de la fallida, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida los entreguen al Sindico.5- Intimar a la fallida para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal.6- Prohibir a la fallida la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles de la fallida con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ.10- Designar el día 27.06.18 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 24.08.18 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de...

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