Juzgado de Primera Instancia, documento núm. 356195

Fecha de Entrada en Vigor17 de Mayo de 2018
EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición15 de Enero de 2018

Por disposición de la Dra. Lilián Insaurralde, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial en lo Civil, Comercia, Laboral y de Familia Nº 20 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: SCARPINI, RODRIGO JAVIER s/Concurso Preventivo; (Expte ?369; Año: 2017), por resolución de fecha 31 de Agosto de 2.017 se ha resuelto: (...) 1) Declarar abierto el concurso preventivo de Rodrigo Javier Scarpini, D.N.I. Nº 26.509.758, CUIT 20-26509758-9, argentino, mayor de edad, productor agropecuario, con domicilio real en calle San Martín 1662 y legal en calle Moreno 936, ambos de esta ciudad de San Javier... (...), III) Ordenar la publicación de edictos por el término de ley (art. 27 LCQ) en el BOLETÍN OFICIAL y hall de este Juzgado y precédase a publicarlos en un medio digital existente en esta localidad por carecer la misma de medio gráfico (acompañando ejemplar de la publicación en idénticas condiciones que el Boletín Oficial) y radial (con factura detallando fechas y horarios de publicación) debiendo optar por los de mayor difusión en el ámbito local, (art. 89 LCQ) lo que deberá materializarse dentro de los 5 días de que el concursado quedó notificado automáticamente de la aceptación del cargo por el Síndico -dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio- debiendo acompañar las publicaciones en debida forma bajo apercibimientos de tener por desistida la solicitud de concurso preventivo en la forma que ordena la ley falencial en su artículo 30.(...) IX) Disponer las siguientes fechas para el cumplimiento de los trámites correspondientes que la ley concursal fija: a) Presentación de los pedidos de verificación ante el Síndico: el día ... (o el día hábil posterior si éste resultare inhábil). Se le hará saber al órgano concursal que dentro de las 24 horas de vencido el plazo previsto en este punto, deberá presentar al Juzgado en original y dos copias, una para el legajo previsto en el art. 279 de la Ley 24.522 y otra para ser expuesto en la Mesa de Entradas, un listado de los acreedores insinuados con los montos y privilegios peticionados y las impugnaciones observaciones que se hubieran efectuado. Otra resolución: San Javier (Santa Fe), Abril de 2018. Autos y Vistos:… Resulta:... Considerando: Que a los fines de continuar con el trámite de la presente causa, la suscripta entiende que corresponde reprogramar las fechas originariamente fijadas en la resolución dictada el día 31 de Agosto del...

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