JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA ($ 57,50 388595 May. 6 May. 9)

Fecha09 Mayo 2019
Número de registro388595
EmisorJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Rosario, Secretaria a cargo de la Dra. Rubulotta en los autos caratulados: MANNOCCHI, SERGIO GUSTAVO c/RESISTANCE WELDING SOLUTIONS SRL s/Juicio Ejecutivo, CUIJ Nº 21-02895095-8, se ha dispuesto la publicación de los siguientes decretos y autos, cuyo encabezado y parte dispositiva se transcribe, con relación a la empresa RESISTANCE WELDING SOLUTIONS SRL CUIT N° 30-71089253-5: Rosario, 13 de marzo de 2018. Por presentado, en el carácter invocado y con domicilio legal constituido. Por iniciada la acción que expresa la que tramitará por la vía del juicio Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de veinte días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Acredite inscripción de AFIP debidamente actualizada. Notifíquese. Fdo. Dra. Mantello. Dra. Rubulotta. Rosario, 22 de mayo de 2018. Oficiase a los fines peticionados. Fdo. Dra. Mantello Dra. Rubulotta Rosario, 05 de junio de 2018. Previamente, aclare el peticionante respecto del eventual depósito y depositario judicial de los eventuales bienes embargados. Fdo. Dra. Mantello Dra. Rubulotta. Rosario, 12 de junio de 2018. Trábese el embargo solicitado en el escrito cargo 6614/18, designándose depositario judicial a Frimetal SA, en la persona de su representante legal y quedando en depósito en calle Babble y Ordóñez 3436 de Rosario, predio perteneciente a la firma referida. Líbrese mandamiento, previa acreditación del sellado pertinente. El oficial de justicia deberá constatar la existencia de los bienes denunciados a fs. 23 y si los mismos, son efectivamente propiedad de la demandada y en caso afirmativo proceder al embargo ordenado. Fdo. Dra. Mantello Dra. Rubulotta. Rosario, 21 de junio de 2018. Trábese el embargo ordenado en fecha 12/06/18, hasta cubrir la suma de $895.010,85 con más $300.000 para intereses y costas, previa acreditación del sellado pertinente. Fdo. Dra. Mantello Dra. Rubulotta. Rosario, 31 de Julio de 2018. Agréguese. Líbrese mandamiento como fue ordenado oportunamente. Fdo. Dra. Rubulotta....

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