JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 10 - SECRETARÍA NRO. 19

Fecha de publicación28 Agosto 2020
SecciónSociedades, CITACIONES Y NOTIFICACIONES. CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS
EmisorJUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 10 - SECRETARÍA NRO. 19


EL JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO Nro. 10, SECRETARIA Nro. 19, sito en Sarmiento Nro. 1118, piso 3ro. de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires en la causa Nro. CPE 762/2019, caratulada: “SEGURIDAD PROFESIONAL EMPRESARIAL S.RL. SOBRE INFRACCION LEY 24.769” notifica a SEGURIDAD PROFESIONAL EMPRESARIAL S.R.L. (C.U.I.T. NRO. 33-71020163-9) que con fecha 24/6/2020, este tribunal resolvió lo que en sus partes pertinentes, a continuación se transcribe: “…Por todo lo expuesto y de conformidad con lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal, SE RESUELVE: I.- DECLARAR PARCIALMENTE EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN LA ACCIÓN PENAL por la presunta apropiación indebida de los importes retenidos a los empleados en relación de dependencia de la empresa SEGURIDAD PROFESIONAL EMPRESARIAL S.R.L., con destino al Régimen Nacional de la Seguridad correspondiente al período fiscaldiciembre/2012 y, en consecuencia, SOBRESEER a la contribuyente SEGURIDAD PROFESIONAL EMPRESARIAL S.R.L. –titular de la C.U.I.T. N° 33-71020163-9- y a María Celina CARTOLANO –titular del D.N.I. N° 31.094.561 con relación a dicho suceso (artículos 9 de la ley N° 24.769, 59 inciso 3, 62 inciso 2 y 67 del Código Penal y 336 inciso 1 del Código Procesal Penal de laNación). II.- SIN COSTAS (artículo 530 del Código Procesal Penal de laNación).III.- ESTAR, en lo que respecta a los hechos...

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