JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO (S/C 406888 Nov. 6 Nov. 12)

Número de registro406888
Fecha12 Noviembre 2019
EmisorJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO

La Sra. Jueza Dra. Clelia C. Gómez, a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 7 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nom. de Casilda, Secretaria de la autorizante, hace saber que en los autos: CHARRY, NATALI s/Quiebra CUIJ 21-25806843-9, se ha dictado la siguiente Resolución, que en su parte pertinente textualmente dice: N° 3304. Casilda, 31 de julio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Los presentes caratulados: “Charry, Natali s/Quiebra” CUIJ: 21-25806843-9 de los que: RESULTA:...; Y CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de la Sra. Natali Melisa Charry, D.N.I. N° 31.678.497, con domicilio de calle Laprida N° 1362, de la localidad de Chabás. 2) Categorizar la presente quiebra en la clase “B” de conformidad a lo dispuesto por los arts. 253 inc. 5 y 288 de la ley 24522; 3) Oficiar a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario a los fines del sorteo de un Síndico, correspondiente a la categoría establecida en el inciso anterior. Asimismo, se hará saber al síndico que resulte designado que al aceptar el cargo deberá establecer el horario de atención al público, de conformidad con lo dispuesto por el art. 275 inc. 7mo. de la L.C.Q, y art. 14 de la Reglamentación de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario; 4) Ordenar la anotación de la declaración de la quiebra y la inhibición general de bienes de la fallida en los registros correspondientes, oficiándose a sus efectos; 5) Oficiar al Registro de Procesos Universales a los fines de cumplimentar lo dispuesto por el Art. 8 de la Ley 8.744. 6) Intimar a la fallida para que en el término de 24 horas entregue al síndico la documentación relacionada a su actividad; 7) Declarar la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces; 8) Intimar a la fallida y a terceros para que entreguen al síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder; 9) Diferir la fijación de fechas de verificación de créditos, presentación del informe individual y general. Hasta que el síndico sorteado acepte el cargo, así como también su publicación por edictos de ley en el Boletín Oficial de esta provincia, todo lo cual se hará constar en el auto ampliatorio de la presente resolución. 10) Fijar los días Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina Se encuentra habilitado libro a sus efectos; 11) Oficiar a todos los juzgados pertinentes a fin de cumplimentar con lo dispuesto respecto del fuero de atracción (art. 132 de la L.C....

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