JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO ($ 723 407144 Nov. 5 Nov. 11)

Fecha11 Noviembre 2019
Número de registro407144
EmisorJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 5 de Rafaela, cito en calle Alvear N° 226 de Rafaela, se notifica al Sr. Daniel Alberto Duarte DNI Nº 33.492.914 dentro del término y bajo apercibimientos de ley, los siguientes decretos que fueran ordenados en las actuaciones CUIJ N° 21-16505911-2. ROMERO SERGIO RENE c/DUARTE DANIEL ALBERTO s/EJECUTIVO: Rafaela, 05 de Diciembre de 2018 En mérito al Poder Especial que acompaña, el cual se agrega a autos, téngase al compareciente por presentado, domiciliado y en el carácter que invoca, otorgándosele la participación que por derecho corresponda. Por entablada demanda ejecutiva contra Duarte Daniel Alberto por la suma de pesos seis mil trescientos cincuenta y cuatro con 40/100 ($ 6.354,40) con más intereses y costas, a quien se citará y emplazará para que dentro del término de diez días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Resérvese en Secretaría la documental acompañada y agréguese copia a estos autos. Trábese Embargo sobre los haberes que Duarte Daniel Alberto percibe como empleado de Metagro SRL, con domicilio en calle 9 de Julio N° 254 de la ciudad de las Higueras, provincia de Córdoba, hasta cubrir la suma reclamada con más 50% estimado provisoriamente para futuros intereses y costas. Líbrese oficio a la empleadora para que proceda con las retenciones mensuales, conforme Decreto 484/87 si correspondiera. Los montos a retener deberán ser depositados y/o transferidos al Nuevo Banco de Santa Fe SA, sucursal Rafaela, a una cuenta judicial que se abrirá a la orden del Juzgado y para estos autos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se faculta al Nuevo Banco de Santa Fe SA para que ponga en conocimiento de la parte actora y/o del empleador depositante el CBU de la cuenta respectiva. Sin perjuicio de ello, a los fines de proceder a la transferencia de saldo eventualmente remanente en favor del accionado, requiérase al empleador que informe a este Juzgado el CUIL y la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta sueldo del demandado. Podrá cumplimentar la manda por nota o mediante correo electrónico a circuitorafa@justiciasantafe.gov.ar. Autorizase a la peticionante y/o profesional que designe a intervenir en el diligenciamiento de la medida, con facultades de ley. Abónese el impuesto al embargo. A lo demás: oportunamente. Martes y viernes: notificaciones por Secretaría. Notifiquen el Sr. Oficial de Justicia y/ o los Oficiales Notificadores y/o Correo...

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