JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO (S/C 382327 Mar. 7 Mar. 13)

Fecha13 Marzo 2019
Número de registro382327
EmisorJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO

Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación con asiento en Rafaela, en los autos caratulados: “Expte. N° 269-2018 - Lazcano, Rodolfo Andrés s/Quiebra”; tramitada por ante éste Juzgado, S.S. ha ordenado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 89 de la Ley 24522, haciendo saber que en fecha 01 de febrero de 2019 mediante resolución N° 18 Folio N° 165 Libro N° 38 Año 2019 se ha dispuesto: Declarar la quiebra de Rodolfo Andrés Lazcano, D.N.I. 27.566.372, nacido el 18/11/1979, con domicilio real en calle Eduardo Oliver N° 1536 de Rafaela y legal en Constitución N° 58 de Rafaela. Ordenar se anote la quiebra e inhabilitación y la inhibición general de bienes en los registros correspondientes, oficiándose. Comunicar la presente declaración de quiebra a la Administración Provincial de Impuestos y al Gobierno de la provincia de Santa Fe, a través de la dependencia pertinente del Ministerio de Seguridad, a los efectos de los arts. 12 inc. d y 53 inc. f de la Ley 8525 (incompatibilidad y/o causal de cesantía). Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella. Hacer saber la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°. Ordenar se intercepte la correspondencia y se entregue al Síndico. Prohibir a la fallida ausentarse del país conforme lo dispuesto por el art. 103 LCQ, oficiándose a quien corresponda. Ordenar la realización de los bienes de la fallida por el Síndico, disponiendo que la enajenación esté a cargo de un martillero a designarse por sorteo. Fijar el día 04/04/2019 hasta el cual se pueden presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico. Fijar asimismo, el día 24/04/2019 para que Sindicatura presente un juego de copia de las impugnaciones, quedando establecidas como fechas para la presentación por la Sindicatura de los informes individuales el día 23/05/2019 y del informe general el día 05/07/2019. Librar mandamiento al Sr. Oficial de Justicia o funcionario que por jurisdicción corresponda al domicilio de la fallida y de ubicación de los bienes para que realice el inventario de los bienes. Atento a lo dispuesto por el art. 177 de la L.C. y a los fines de proceder a la inmediata incautación de los bienes y papeles de la fallida que pudieren corresponder, desígnase a la...

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