Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo, documento núm. 361325

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Julio de 2018
EmisorJuzgado Civil Comercial y de Trabajo
Fecha de la disposición 5 de Enero de 2018

Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo Dra. Stella Maris Bertune, dentro de los autos caratulados; FERNANDEZ JULIA Y. s/Propia Quiebra - Expte. Nº 229/18, se ha ordenado lo siguiente: T° 77, F° 211, Nº 1027 - San Lorenzo, 28 de Junio de 2018. Y Vistos... Y Considerando: 1) Declarar la quiebra de Julia Yamila Fernández, DNI N° 38.898.531, argentina, mayor de edad, apellido materno: Avalos, con domicilio en calle Santa María de Oro 482 PB 03 Pasillo - de la ciudad de Fray Luis Beltrán, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, y domicilio legal en calle Av. Urquiza N° 590 de San Lorenzo. 2) Anotar la quiebra en el Registro de Procesos Concúrsales, oficiándose. 3) Anotar la Inhibición General de la fallida en el Registro General, en el Registro de la Propiedad automotor y/o que corresponda, oficiándose. 4) Intimar a la fallida y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquella en su poder a ponerlos a disposición del Síndico a designar. 5) Intimar a la deudora para que dentro del término de 24 hs. entregue al Síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 6) Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 7) Interceptar la correspondencia dirigida a la deudora, entregándose la misma al síndico y oficiándose a sus efectos a Correos Argentinos y/o repartición que corresponda. 8) Hacer saber a la fallida que no podrán ausentarse del país sin autorización previa de éste tribunal hasta la presentación del Informe General por la Sindicatura, efectuándose -las comunicaciones necesarias para el cumplimiento del art. 103 de la L.C.Q.- oficiándose a Policía Federal, Dirección General de Migraciones y/o quien corresponda. 9) Ordenar la inmediata realización de los bienes que componen el activo de la fallida. 10) Librar mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a fin de que proceda a efectuar, dentro del término de 15 días de recibido, un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR