Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo

Fecha de Entrada en Vigor19 de Diciembre de 2017
EmisorJuzgado Civil Comercial y de Trabajo
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2017

JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO

Por Disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Familia de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. Nancy V. Grasso, Juez /Secretaria de la Dra. Jorgelina Daneri, se hace saber que dentro de los autos caratulados: PÉREZ EITHAIN OSCAR Y/O s/Medida definitiva, (Expte. 874/17) se ha dispuesto notificar con beneficio de gratuidad a la Sra. Aldana Belén Pérez, DNI 38.669.904, progenitora de los niños Eithan Oscar Pérez y Júnior Emiliano Pérez, la siguiente Resolución: FALLO Tomo XXII Folio 347/354 Nº 431 de fecha: Venado Tuerto 20 de Abril de 2017: Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: 1.-) Ratificar la Resolución Administrativa Nº 02/2017, de fecha 19 de Enero de 2017, en lo relativo al cese de la medida excepcional respecto de Pérez Ethan Oscar y Junior Emiliano Pérez, todos sus Ítems, con las salvedades descriptas en el artículo segundo. 2) Tener presente las propuestas de medida definitiva formuladas en el Ítem 2 de la mencionada resolución que dice: - Disponer la propuesta de declaración del estado de adoptabilidad y la búsqueda de una familia adoptiva para los niños Perez Ethan Oscar y Junior Emiliano Pérez; ambos hijos de Aldana Belén Pérez, DNI 38.669.904; domiciliada en calle Balcarce N° 1300 de la Ciudad de Rufino y de Flavio Emiliano Pérez; DNI 31.242.465; domiciliado en calle Mendoza N° 1440 de Guindado, Arias, Provincia de Córdoba. 3) Disponer se designe abogado defensor de los niños, a cuyo efecto ofíciese a la Excma. Cámara Civil y Comercial designados y aceptado el cargo que fuere, se fijara audiencia para escuchar a los niños. 4) Citar a los progenitores de los niños a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre las medidas definitivas propuestas por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin mas en caso de falta de contestación (Art. 66 bis Ley 13.237). 5) Ordenar la continuación de la intervención de la Dirección Provincial de niñez, adolescencia y familia de esta Provincia de Santa Fe, y el alojamiento de los niños en el hogar de la comunidad en donde se hallan alojados hasta la finalización del trámite judicial. Ofíciese al primer nivel a fin...

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