Juzgado Civiil, Comercial y del Trabajo
Fecha de Entrada en Vigor | 27 de Febrero de 2018 |
Emisor | Juzgado Civiil, Comercial y del Trabajo |
Fecha de la disposición | 26 de Enero de 2018 |
JUZGADO CIVIIL, COMERCIAL
Y DELTRABAJO
El Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 4, en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados: GIMÉNEZ GISELA SOLEDAD s/Quiebra, Expte. 750/2017 en fecha 21 de Diciembre de 2017, ha Resuelto: 1º) Declarar la Quiebra de Gisela Soledad Giménez, argentina, empleada, domiciliada realmente en Yapeyú N° 841 de la ciudad de Romang (Dpto. San Javier Provincia de Santa Fe), D.N.I. N° 30.586.765, y legalmente en Iriondo 545 de esta ciudad. 2º) Líbrese oficio al Registro de Procesos Universales, al Registro General de la Propiedad de Santa Fe y al Registro del Automotor, a los fines de que tome conocimiento de la quiebra, y de la inhibición de la fallida para disponer de sus bienes. 3º) Hacer saber al fallido que deberá hacer entrega de los bienes al Síndico, quien deberá inventariarlos, instrumentando acta de toda la actuación. 4º) Hágase saber la prohibición de efectuar pagos al fallido y que en él caso de incumplirse tal prohibición serán considerados ineficaces. 5º) Hágase saber al Síndico que deberá interceptar y retener la correspondencia. 6º) Oficiar a la Policía Federal Argentina, a la Secretaría de Migraciones, a la Gendarmería Nacional, a los fines de comunicar la prohibición del fallido de abandonar el país sin autorización judicial. 7º) Fijar el día 8 de febrero del 2018, a las 11,00 horas, a los fines del sorteo de Síndico por ante éste Juzgado, notifíquese al Consejo de Ciencias Económicas...
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