Justiniano C/Flores

Expte. N° 229/15/5F "JUSTINIANO AMENDANO ADELA c/FLORES VILLARROEL FRANCISCO p/CUIDADO PERSONAL UNILATERAL". Conjuez del Quinto Juzgado de Familia resolvió: Tener por acreditadas sumarialmente las circunstancias exigidas por el Art. 69 del C.P.C., en consecuencia téngase al Sr. Francisco Flores Villarroel, C.I. Boliviana N° 3017-020443, por declarado persona de ignorado domicilio (69 del C.P.C.)... De la demanda de cuidado personal unilateral, córrase traslado a la contraria por el término de ocho (8) días, para que comparezca, responda, ofrezca pruebas y fije domicilio legal, dentro del radio del Juzgado, bajo...

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