La Justicia les dio la razón a las prepagas y subirían 26% las cuotas en septiembre

La Justicia hizo lugar parcialmente al pedido de las prepagas

La cédula de notificación expedida por el Tribunal 7 en lo Contencioso Administrativo Federal llegó al domicilio electrónico fijado por las empresas de medicina prepaga y prestadores de salud con una noticia mejor de la que esperaban: la Justicia les dio la razón a lo que pedían en su medida cautelar y las autorizó a aumentar 32% sus cuotas sobre los valores de octubre, lo que a precios actuales significa un 26%.

En efecto, el juez Pablo Cayssials ordenó la suspensión de las Resoluciones Nº 1787/20 (artículo 1º) y Nº 2988/20, del Ministerio de Salud de la Nación, hasta tanto se resuelva el remedio interpuesto por las accionantes en sede administrativa. Esto implica, según explicó Claudio Belocopitt, presidente de la Unión Argentina de la Salud (UAS) y dueño de Swiss Medical, que se autoriza un aumento de 32% a valores de octubre, debido a que las resoluciones ahora suspendidas habían impedido tres aumentos autorizados por el Estado (de 15%, 10% y 7%, respectivamente).

El dueño de Swiss Medical precisó que el aumento autorizado del 32%, que tiene como base las propias estimaciones que había efectuado en su momento el Ministerio de Salud, está fijado sobre los valores de las cuotas en octubre de 2020, por lo que traducido a valores actuales será un incremento real de 26% . "Esto es técnicamente lo que dice la cautelar, pero la cuestión de fondo todavía no fue resuelta. Ahora el Estado va a apelar, pero nosotros vamos a seguir los pasos que nos autoriza la ley y comunicaremos el alza a nuestros afiliados con un tiempo prudencial", comentó.

En definitiva, según confirmó Belocopitt, en agosto empezarán a enviar a los afiliados las comunicaciones del aumento del 26%, que empezaría a regir a partir del 1° de septiembre . El potencial en este caso se explica porque si el recurso de apelación que presentará el Estado es concedido por el juez con "carácter suspensivo", el aumento deberá esperar hasta que se resuelva esa apelación (en caso de que el recurso se acepte con "carácter devolutivo", el incremento estará vigente hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo).

El juez fue muy preciso en este sentido en sus considerandos: "Como consecuencia de lo expuesto, y en razón de que el dictado de la cautelar requerida no importa una afectación valorable del interés público, estimo prudente que la medida que aquí se ordena extienda sus efectos hasta tanto se resuelva el remedio interpuesto por...

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