JUICIOS VARIOS / ZERDA REYES AMERICO S/ QUIEBRA PEDIDA de

Fecha de Entrada en Vigor11 de Octubre de 2017
Número de Boletín29104
Fecha de Publicación10 de Octubre de 2017
Número de documento210183

POR 5 DIAS - Por disposición del Sr. Juez del juzgado Civil y Comercial Comun de la Cuarta Nominacion, Dr. Jose Ignacio Dantur; Secretaría Judicial de Concursos y Quiebras a cargo de la Dra. Estela Josefina Condrac, por ante el cual se tramitan los autos caratulados : "ZERDA REYES AMERICO S/ QUIEBRA PEDIDA", Expediente N° 2621/17, se ha dispuesto por este medio notificar la providencia que se transcribe a continuación: San Miguel de Tucumán, 6 de octubre de 2017.- Autos y Vistos: Considerando: Resuelvo: Declarar la quiebra de Reyes Americo Zerda, D.N.I. N° 14.251.172; C.U.I.L. N° 20-14251172-0, con domicilio real en Barrio Tiro Federal, Mz "G", Lote 22, de San Miguel de Tucumán, la que tramitará conforme a las reglas para las pequeñas quiebras (arts. 288 y 289 LCQ). II.- Fijar el día 18 de octubre de 2017 a hs. 11:00, para que tenga lugar el sorteo de síndico, ante este Juzgado y Secretaría, el que surgirá de la lista B y quien deberá aceptar el cargo en el plazo perentorio e improrrogable de dos días de notificado, bajo apercibimiento de ley (art. 255 LCQ). III.- IV.- V.- Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes y documentación de aquél para la entrega a la sindicatura dentro de los dos días de la última publicación edictal. VI.- Intimar al fallido a poner sus bienes a disposición del juzgado en forma apta para que el funcionario pueda tomar inmediata y segura posesión de los mismos. VII.- Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces en caso de hacerse. VIII.- IX. Disponer la atracción a este juzgado y ulterior suspensión de todas las acciones judiciales iniciadas contra el fallido por las que se reclamen derechos patrimoniales con las salvedades establecidas en los artículos 132 y 133, debiendo requerirse a los tribunales competentes informen sobre la existencia de estos últimos como así también de aquellas causas donde el concursado o fallido es actor conforme a lo dispuesto por los arts. 1 y 275 inc. 8 LCQ. y remitan aquellos expedientes alcanzados por el fuero de atracción (art. 21 inc. 1 y 132 párr. LCQ.) X.- Ordenar se publiquen edictos por cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán de conformidad con lo dispuesto por el arto 89 Ley 24522. XI.- XII.- Ordenar la incautación de bienes del fallido y su posterior entrega a la Sindicatura, previa descripción e inventario de los mismos, conforme surge en el punto precedente. Habilítese día, hora y lugar y en caso de ser...

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