JUICIOS VARIOS / SORIA, LOURDES S/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES de

Fecha de Entrada en Vigor28 de Noviembre de 2019
Número de Boletín29625
Fecha de Publicación27 de Noviembre de 2019
Número de documento228826

POR 5 DIAS - Se hace saber a la Sra. María Laura Soria, DNI 34.064.863, que por ante este Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la IVª Nominación, a cargo del Dr. Orlando Velio Stoyanoff Isas, juez; Secretaría Actuaria desempeñada por la Dra. María Isabel Soria Tenreyro y/o la Dra. Mercedes Sanchez Iturbe, se tramitan los autos caratulados: "SORIA, LOURDES s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES - EXPTE. N° 6224/19", en los que se proveyó lo siguiente: "San Miguel de Tucumán, 20 de noviembre de 2019. I) Téngase presente lo dictaminado por el titular del Ministerio Pupilar de la IIª nominación. II) En atención a las constancias de autos, como así también las actuaciones cumplidas en el juicio caratulado "Soria Hugo Alejandro s/Especiales Expte. N° 5503/16" y su incidente, y en el proceso "Díaz, Juan Ariel s/Control de Legalidad de Medidas Excepcionales Expte. N° 11443/18", habiéndose practicado todas las diligencias con el objetivo de individualizar el domicilio de la Sra. María Laura Soria, y a fin de evitar futuras nulidades, corresponde notificar al domicilio real de la progenitora, informado por la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, sito en Av. Mitre y Paraguay, de esta ciudad (fs. 26), y por edictos, por el término de cinco (5) días y libre de derechos (Acordada 624/92). III) Contestado el traslado mencionado en el apartado anterior o vencido el plazo para hacerlo, córrase vista a la Defensora de Niñez, Adolescencia y Capacidad Restringida de la IIIª nominación y a la Agente Fiscal de la Iª nominación con el fin de que se expidan sobre la declaración del estado de adoptabilidad de la niña Lourdes Soria. Se hace saber que en atención a la temprana edad de la niña de referencia (5 meses), y teniendo en cuenta que se trata de una joven de nacimiento prematuro que requiere de cuidados y atenciones específicas, según fuere informado por el Instituto de Puericultura "Alfredo Guzmán" (fs. 31/37), deberán expedirse en el plazo de 24 horas. Dr. Orlando V. Stoyanoff Isas" A continuación se procede a transcribir el dictamen de la Defensoría de Niñez, Adolescencia y Capacidad Restringida de la IIª Nominación: "Señor Juez. Por la intervención en carácter principal que ejerzo en autos en representación de la niña LOURDES SORIA, tomo conocimiento del informe de Abordaje Integral Interinstitucional realizado por el Equipo Técnico del DCI Puericultura Alfredo Guzmán, agregado a fs. 31/37 y de la solicitud de Situación de...

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