JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. C/GERMAN JUAN ENRIQUE de

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Mayo de 2021
Número de Boletín29971
Fecha de Publicación 4 de Mayo de 2021
Número de documento236993

POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado de Cobros y Apremios II CJC , Centro Judicial Concepción, Juez a cargo Adolfo A. Iriarte Yanicelli, Secretaría a cargo Julieta Berral, se tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. c/GERMAN JUAN ENRIQUE s/EJECUCION FISCAL-Expte. N° 789/19, en los cuales se ha dictado la providencia que a continuación se transcribe: "Concepción, 29 de abril de 2021. Según lo solicitado y al estado del presente Expte. judicial corresponde confeccionar y publicar los edictos por el término de CINCO (5) días de notificación de intimación de pago (Art. 159 del C.P.C.C. de Tuc), para notificar al demandado GERMAN JUAN ENRIQUE, DNI N° 11.134.141 y la Intimación de pago y embargo de fecha 30/03/2021. Se hace saber que se tramita libre de derechos, tasas administrativas o tributos de cualquier especie: "Concepción, 6 de febrero de 2020. 1) Dar intervención al Abogado JERONIMO PONCE DE LEON, con domicilio legal constituido en casillero de notificaciones N° 191, según la copia de Poder General para Juicio que adjunta, en el presente proceso judicial. 2) Hago saber al Sr. GERMAN JUAN ENRIQUE, D.N.I. 11.134.141, en su domicilio, que a Ud. se reclama la suma de $154.005,92 por la deuda que figura en la Boleta adjuntada por la Dirección General de Rentas en su demanda, más la suma de $30.801,00 por los gastos que ocasione, más intereses hasta el efectivo pago de la deuda. 3) En consecuencia, SE INTIMA DE PAGO al Sr. GERMAN JUAN ENRIQUE, D.N.I. 11.134.141, en su domicilio, por la suma de $154.005,92 por la deuda que figura en la Boleta adjuntada por la Dirección General de Rentas en su demanda, más la suma de $30.801,00 por los gastos que ocasione, más intereses hasta el efectivo pago de la deuda. 4) Se hace saber que tiene derecho, dentro de los 5 días hábiles, a oponerse a la presente ejecución con la presentación de las excepciones previstas en el Art. 176 del Código Tributario Provincial. 5) Se informa que en caso de no contar con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR