JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN (SEC. DE ESTADO DE TRABAJO) C/ DEL CREOSOTE S.R.L. de

Fecha de Entrada en Vigor28 de Noviembre de 2019
Número de Boletín29625
Fecha de Publicación27 de Noviembre de 2019
Número de documento228802

POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Claudia Lia Salas de Zossi y Pereyra Pastorino Raquel Maria, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN (SEC. DE ESTADO DE TRABAJO) C/ DEL CREOSOTE S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL. EXPTE. N° 8779/18".-, se hace saber a la empresa DEL CREOSOTE S.R.L, cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe:"San Miguel de Tucumán, 30 de octubre de 2019. Atento a lo peticionado y constancias obrantes en autos y bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, letrado Tomas Valois Villafañe: cúmplase con la medida ordenada con fecha 29/11/2018 mediante la publicación de edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- MLB-8779/18 - Fdo: Dra. Adriana Elizabeth Berni - Juez de Cobros y Apremios II° Nom San Miguel de Tucumán, 29 de noviembre de 2018. I) Por presentado, con domicilio legal constituído, désele intervención de ley en el carácter que invoca. II) Resérvese en Caja Fuerte de Secretaría la documentación original presentada. III) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de las sumas de $21.333,00 y $4.266,00 en concepto de capital y acrecidas, respectivamente. Al mismo tiempo, Cítesela de Remate a fin de que oponga las excepciones que estimare tener en el plazo de cinco dias, bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 175 Y 179, Código Tributario). En defecto de pago, Trábese Embargo sobre bienes muebles suficientes de pertenencia de la demandada, que tuviere en su poder y que serán...

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