JUICIOS VARIOS / PAZ PEDRO NOLASCO C/ VILLAZUR PABLO RAMIRO S/ COBRO DE PESOS de

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Marzo de 2020
Número de Boletín29690
Fecha de Publicación 3 de Marzo de 2020
Número de documento230475

POR 3 DIAS - Se hace saber a Los Herederos Del Sr. Pablo Ramiro Villazur.. ",que por ante este Juzgado Civil Del Trabajo, Primera Instancia, secretaría de la 3a Nom., a cargo del Dr. Guillermo E. Kutter, Juez, tramitan los autos caratulados: "PAZ PEDRO NOLASCO c/ VILLAZUR PABLO RAMIRO s/ COBRO DE PESOS", expediente n° 987/17, en los cuales se ha dictado el presente proveído que se transcribe a continuación: San Miguel de Tucumán, 11 de noviembre de 2019. 1) Asistiéndole razón al presentante y conforme a lo prescripto en el arto 42 del C.P.C.C. de aplicación supletoria al fuero, rectifíquese el punto 2 de proviencia de fecha 25/10/2019 en el sentido donde dice ".. Téngase por incontestada la demada (art. 58 CPL) A Los Herederos Del Sr. Pablo Ramiro Villazur" debder decir" ... téngase por no presentados A Los Herederos Del Sr. Pablo Ramiro Villazur .." 2) Notifíquese conforme lo ordenado en la providencia de fecha 25/10/2019 (fs. 142) conjuntamente con la presente providencia. 2) Notifíquese a la partes intervinientes en el presente juicio en sus domicilios constituidos (casillero físico) a los fines de que en el plazo de 3 Días cumplan con lo dispuesto en la acordada N°1229/18 y 917/19 Y constituyan domicilio...

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