JUICIOS VARIOS / LEZCANO MIRTA DANIELA S/ QUIEBRA PEDIDA de

Fecha de Entrada en Vigor24 de Noviembre de 2016
Número de Boletín28887
Fecha de Publicación23 de Noviembre de 2016
Número de documento202678

POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado en lo Civil y Comercial Común de la Tercera Nominación, a cargo de la Dra. Viviana Gasparotti -Juez-, Secretaría actuaria a cargo de la Dra. Alejandra Verónica Chemes, tramitan los autos caratulados: "LEZCANO MIRTA DANIELA S/ QUIEBRA PEDIDA (VIENE P/EXCUSACION DE S.S. JUZG.C.C.C. 7a NOMINACION.-)", Expediente N° 2800/16, se ha dispuesto la providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 14 de Noviembre de 2016.- Y Vistos: ... Considerando... Resuelvo: I.- Declarar La Quiebra de Lezcano Mirta Daniela, D.N.I. N°22.664.924, con domicilio real en Calle Corrientes N°763, Piso 3, Dpto C de San Miguel de Tucumán.- II.- Disponer la anotación de la quiebra y la Inhibición General de Bienes del fallido en los Registros Público de Comercio - Dirección de Persona Jurídica, Inmobiliario de Tucumán y del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, delegación San Miguel de Tucumán.- A sus efectos, ofíciese.- Estos oficios deberán ser diligenciados por el fallido (art.102 LCQ) o la sindicatura en un plazo no mayor a cinco días de notificado el presente auto.- III.- Intimar al fallido para que en el término de Cuarenta y Ocho horas cumplimente con lo dispuesto por el art. 86 de la Ley Concursal 24.522, poniendo a disposición de la Sindicatura los bienes de su pertenencia, bajo apercibimiento de ley.- IV.- Prohibir al fallido hacer pagos y/o entrega de efectos a terceros bajo pena de no quedar liberados de sus obligaciones por dichos pagos o entregas (art. 118 L.C.Q. ).- V.- No se Emplaza a la deudora (fallida) para que entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, por tratarse de persona física no comerciante.- VI.- Interceptar la correspondencia epistolar y telegráfica de la fallida, las que deberán ser entregadas a la Sindicatura.- En consecuencia, ofíciese a la empresa de Correo Oficial de la República Argentina SA.- VII.- Prohíbese a la Sra. Mirta Daniela Lezcano, D.N.I. N° 22.664.924, con domicilio real en Calle Corrientes N° 763, Piso 3, Dpto C de San Miguel de Tucumán, la salida de la República Argentina.- A sus efectos líbrese oficio o Carta Documento a su costa a Jefatura de Policía Federal Argentina, Dirección General de Gendarmería y Dirección Nacional de Gendarmería y Dirección Nacional de Migraciones, Ministerio del interior con transcripción de las partes pertinentes de la presente resolución.- Esta diligencias deberán ser...

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