JUICIOS VARIOS / CANTOS ANA CECILIA VS MANO Y MAS S.A. Y OTROS S/ COBRO DE PESOS de

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Febrero de 2017
Número de Boletín28935
Fecha de Publicación 2 de Febrero de 2017
Número de documento203785

POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este JUZGADO DE CONCILIACION Y TRAMITE DEL TRABAJO de la CUARTA NOMINACION, a cargo de la DRA. OLGA YOLANDA MEDINA, Juez; Secretaría del DR PABLO FEDERICO ALFONSO, tramitan los autos caratulados: "CANTOS ANA CECILIA VS MANO Y MAS S.A. Y OTROS S/ COBRO DE PESOS", Expediente N° 938/16, en los cuales se realiza un breve resumen de la demanda motivo de la presente litis:OBJETO: En fecha 24/06/2016 la Sra ANA CECILIA CANTOS inicia demanda por cobro de pesos en contra de MANO Y MAS S.A CUIT 30-70078470-8 con domicilio en calle San Martin n° 920 piso 1 of 4 de esta ciudad y en contra de GUILLERMO RUBEN BAZZANO DNI N° 21.516.649 con domicilio en calle Monteagudo n° 274 , piso 6 Dpto C,LEONARDO DANIEL BAZZANO DNI N° 22.428,915 con domicilio en calle laprida n° 454 , piso 6 depto C y ANA MARIA VISCHI DNI N° 6.147.988 con domicilio en calle Santiago n° 81 piso 3 Dpto A socios de la firma indicada por la suma de $ 368.318,35, en concepto de indemnizacion por despido, idem, sustitutiva de preaviso, integracion mes de despido, proporcional al mes trabajado, SAC proporcional ,SAC sobre preaviso, SAC s/integracion mes de despido, vacaciones no gozadas, SAC s/vacaciones no gozadas ,haberes junio 2013,Dif de SAC 11/12 indemnizacion art 10 y 25 de la ley 24.013 indemnizacion art 2 de la ley 25.323 art 80 y 132 bis de la LCT.- HECHOS: La actora ingreso a trabajar para la demandada 23/10/2007 desempeñandose en forma continua e initerrumpida hasta el cese de la relacion laboral , la cual ocurrio el 12/07/2013, por despido indirecto .- En el negocio denominado MANO Y MAS desarrollaba la tarea de esteticista y cosmetologa, desde el inicio de la relacion laboral hasta marzo de 2013 .- Luego continuo prestando iguales tareas en la peluqueria conocida como Santa Constancia hasta que se produjo el distracto .- Estaba categorizada como auxiliar especializada A .- La jornada laboral hasta marzo de 2013 fue de lunes a jueves de 9 a 17 hs y viernes y sabado de 9 a 21 hs .-A partir de marzo de 2013 comenzo a trabajar los lunes de 14 a 20,30 ,martes a viernes de 9 a 15 hs y sabados de 09.00 a 21.00 hs, figurando como trabajador media jornada con un sueldo bruto $ 3.120,98 (abril 2013) cuando en realidad trabajaba jornada completa , debiendo percibir la suma de $6.557,04 .- LIQUIDACION: INGRESO: 23/10/07 EGRESO:12/07/2013 CATEGORIA:AUX ESPECIALIZADO A ANTIGUEDAD: 6 AÑOS MRNH (ESCALA SALARIAL JULIO DE 2013) BASICO: $5.359,98...

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