JUICIOS VARIOS / BRIZUELA ANGELICA DEL CARMEN C/ FARIAS DORA Y OTROS de

Número de Boletín27689
Fecha de Publicación 3 de Enero de 2012
Número de documento163104

POR 5 DIAS - Se hace saber al codemandado en autos, el Sr. Miguel Antonio Pantone, que por ante este Juzgado de Conciliación y Tramite del Trabajo de la Sexta Nominación, a cargo de la Dra. Susana Myrian Hanssen, Juez; Secretaría Actuaria desempeñada por la Dra. Adriana Montini, tramitan los autos caratulados: "BRIZUELA ANGELICA DEL CARMEN C/ FARIAS DORA Y OTROS S/ COBRO DE PESOS", Expediente N° 2673/08, en los cuales se ha ordenado publicación de Edictos, libre de derechos, en el Boletín Oficial de la Provincia, por el término de cinco días, a los fines del traslado de la demanda al nombrado.- Como recaudo se transcriben los decretos que disponen lo siguiente: "San Miguel de Tucumán, 04 de Agosto de 2011.- Téngase presente el informe actuarial que antecede.- En su mérito, y constancias de autos:.....- Atento a lo informado por el oficial notificador a fs. 132 y vta., y vistos los informes de fs. 113 y vta. y fs. 121, que dan cuenta que el domicilio del demandado es ignorado y de conformidad con lo previsto en el Art. 21 CPL: Córrase Traslado de la demanda, conforme lo ordenado en decreto de fecha 16-03-09 (fs. 98), mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia por el término de cinco días, con transcripción de síntesis de la demanda redactada por Secretaría, debiendo librarse oficio, libre de derecho".- Fdo. Dra. Susana M. Hanssen -Juez-.- "San Miguel de Tucumán, 16 de marzo de 2009.- A la falta de reposición de bonos profesionales: téngase presente para ser realizada antes del dictado de sentencia definitiva (Art. 1° ley 7.993).- Resérvese en caja fuerte del Juzgado la documentación acompañada y agréguense a los autos sus fotocopias. Atento a su voluminosidad, exímase a la parte actora de la presentación de copias para traslado, haciéndosele saber a la accionada que los originales se encuentran reservados en caja de seguridad del Juzgado para su consulta por las partes en Secretaría (Art. 130 del CPC. y C. de aplicación supletoria en éste fuero laboral).- Proveyendo el escrito de demanda: Citase y emplácese a Farias Dora; Quiroga de Pantone Alejandra y a Pantone Miguel Antonio, a fin de que en el perentorio término de quince días comparezcan a tomar intervención y conjuntamente córrasele traslado de la demanda para que en igual plazo la contesten, bajo apercibimiento de las prevenciones contenidas en los Arts. 56, 58 y 60 de la ley 6204, y dando cumplimiento con las disposiciones del Art.61 de igual digesto...

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