Juicios Varios / Barrionuevo Luis Angel. Aviso Nro: 126316

Fecha de la disposición17 de Abril de 2007
Número de Boletín26518
Fecha de Publicación17 de Abril de 2007

POR 5 DÍAS - Libre de Derechos - Se hace saber que en el expediente "BARRIONUEVO LUIS ÁNGEL s/ QUIEBRA Expte n° EC2-14180/1 s/Oficio Ley 22.172", que tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial de la IIa Nominación del Centro Judicial Capital de la Provincia de Tucumán, a cargo del Sr. Juez Dr. Carlos A. Arraya, Secretaría a cargo de la Dra. María del Rosario Arias de Pujol, se ha dispuesto dar curso ala rogatoria proveniente del Juzgado Civil y Comercial Común de la IIa. Nom. de San Ramón de la Nueva Orán, Provincia de Salta, en la que se manda publicar las resoluciones que se transcriben a continuación, dictadas en los autos caratulados "Barrionuevo Luis Ángel s/ Quiebra" Expte. N° EC2.-14180/1, que tramitan ante el Juzgado Civil y Comercial de la IIa. Nom., de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, Provincia de Salta, a cargo de la Dra. Cristina del Valle Barberá, Secretaria del Dr. Víctor Daud: "/// San Ramón de la Nueva Orán, Noviembre 28 de 2001. Autos y Vistos ... Resuelve:... 1°) Declarar la Quiebra de Luis Ángel Barrionuevo, DNI n° 8.084.035, CUIT 20-08084035-8, con domicilio real denunciado en calle San Martín n° 350 y comercial en Avda. Máximo Nougués n° 110, ambos de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, Pcia. de Salta. Fdo. Dra. Adriana Manfredini - Juez; Marcelo Daud- Secretario. ///San Ramón de la Nueva Orán, 19 de febrero de 2007. Visto ... Resuelvo:l.-Actualizar la Inhibición General de Bienes para disponer y gravar bienes de propiedad de Luis Ángel Barrionuevo. Líbrense Oficios a los Registros de la Propiedad Inmueble y a los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios de las Provincias de Salta y Tucumán. II.- Fijar para el día 16 de marzo del Cte. año, a las horas 12,00, en la Secretaría del tribunal, para la realización del sorteo del Síndico suplente, que intervendrán en el presente; mantener la categorización (B) de la resolución de fs. 09/10. ///.-Ordenar al fallido y a los terceros que tengan bienes de aquél en su poder, que los entreguen al Síndico que se designe, dentro de las veinticuatro horas de notificados. IV.- Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces; asimismo, ordenar la interceptación de la correspondencia del fallido, la que deberá entregarse a la sindicatura. V.- Disponer.- que el Oficial de Justicia que por turno corresponda, realice inventario de los bienes del fallido en el plazo de 30 días, que comprenderá sólo rubros generales. Quedando autorizado a requerir...

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