JUICIOS VARIOS / ARGUELLO CARLOS OSCAR C/ ATANOR S.C.A. Y OTRO de

Fecha de Entrada en Vigor19 de Septiembre de 2019
Número de Boletín29577
Fecha de Publicación18 de Septiembre de 2019
Número de documento226978

POR 3 DIAS - Se hace saber a la DEMANDADA (ATANOR S.C.A.), que por disposición de la Sra. Vocal de la Excma. Cámara de Apelación del Trabajo Sala VIa., a cargo de la Sra. Vocal MARIA BEATRIZ BISDORFF; Secretaría Actuaria desempeñada por el Dr. JUAN ADOLFO TARABRA, por ante el cual se tramitan los autos caratulados: "ARGUELLO CARLOS OSCAR c/ ATANOR S.C.A. Y OTRO s/ COBRO DE PESOS", Expediente N° 1733/05, se ha dispuesto por este medio notificar el presente proveído que se transcribe a continuación: "San Miguel de Tucumán, 30 de agosto de 2019.- Atento las constancias de autos y advirtiendo que se encuentra vencido el termino concedido al letrado apoderado de la demandada "ATANOR S.C.A." para que denuncie la persona encargada de diligenciar la cédula Ley 22172 para notificar a esta parte del contenido de la sentencia definitiva recaída en autos, haciéndose efectivo el apercibimiento allí ordenado notifiquese a la demandada ATANOR SC.A. la sentencia definitiva recada en autos, mediante la publicación de edictos en el Boletín oficial de la Pcia. de Tucumán por el termino de TRES DIAS y libre de derechos.- Fdo. VOCAL MARIA BEATRIZ BISDORFF. ///San Miguel de Tucumán, 17 de octubre de 2016. AUTOS Y VISTOS:..., RESULTA:..., CONSIDERNADO:..., RESUELVE: I.- RECHAZAR las Excepciones de Cosa Juzgada Administrativa y de Falta de Legitimación Pasiva opuestas por la codemandada LA CAJA ART SA, con domicilio en calle Fitz Roy n° 957 ciudad autónoma de Buenos Aires y en consecuencia: HACER LUGAR a la demanda interpuesta por el Sr. CARLOS OSCAR ARGUELLO, D.N.I. N° 12.293.226., con domicilio en La Encantada, Dpto de Leales de esta provincia, por la suma de $23.831,63 (PESOS VEINTITRÉS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO CON 63/100) en concepto de indemnización conforme art. 14 apartado 2.a) de la Ley 24.557 en contra de la codemandada, LA CAJA A.R.T. S.A., suma que se la condena a abonar al actor, en el plazo de diez días de quedar firme la presente, bajo apercibimiento de ley, por lo considerado. II.- HACER LUGAR a la excepción de Falta de Acción opuesta por ATANOR SCA y en consecuencia RECHAZAR la demanda incoada en su contra, absolviéndose a la misma del pago de las indemnizaciones reclamadas en la demanda, por lo tratado. III.- COSTAS: Como se consideran. IV).- HONORARIOS: Regular: 1)- A la letrada Dra. Ana María Arroyo, por su actuación en el carácter de apoderada por el actor, en las tres etapas del proceso de conocimiento la suma de $8.518...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR