JUICIOS VARIOS / AGUERO ELISA DEL VALLE C/ MARCOCCIA MARIA GABRIELA S/COBRO DE PESOS S/ X - INSTANCIA UNICA

Fecha de publicación19 Septiembre 2022
Número de Gaceta30.311
SecciónSección Avisos

POR 3 DIAS - A AGUERO ELISA DEL VALLE DNI N° 30.807.686. Se hace saber que por ante este EXCMA. CAMARA DE APELACION DEL TRABAJO SALA 2 , Centro Judicial Capital, Juez a cargo DR. ADRIÁN M. R. DÍAZ CRITELLI, Vocal de Cámara y Secretaría a cargo de RICARDO PONCE DE LEON, se tramitan los autos caratulados: "AGUERO ELISA DEL VALLE c/ MARCOCCIA MARIA GABRIELA S/COBRO DE PESOS s/ X - INSTANCIA UNICA - Expte. N° 983/10, en los cuales se ha dictado la resolución que a continuación se transcribe: "San Miguel de Tucumán, Septiembre 12 de 2022. Téngase presente lo informado por Secretaría. En su mérito, notifiquese a la actora Elisa del Valle Aguero de la resoluciòn 31/08/2015 mediante edicto libre de derecho por el plazo de tres dias conforme lo dispuesto el art. 22 CPL- segundo y tercer parrafo--PERSONAL-Fdo: DR. ADRIAN M. R. DIAZ CRITELLI - VOCAL."San Miguel de Tucumán, 31 Agosto de 2015.- AUTOS Y VISTOS:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: I°) ADMITIR parcialmente la demanda promovida por Elisa del Valle Agüero, D.N.I. n° 30.807.686, con domicilio en calle Urquiza n° 481, B° San Jorge, Alderetes, en contra de María Gabriela Marcoccia, con domicilio en Avda. Juan B. Justo 1.080, de esta ciudad. En consecuencia se la condena a que proceda, en el plazo de DIEZ días al pago de la suma total de $210.212,03 (pesos doscientos diez mil doscientos doce con 03 ctvos.) en concepto de indemnización por antigüedad, preaviso, sac s/preaviso, mes de despido integrado (integración mes de despido con sac y 19 días trabajados de junio 2009), vacaciones proporcionales 2009, Sac 2008 y proporcional 2009, diferencias de haberes, arts. 1 y 2 ley 25323, art. 80 LCT y art. 178 (art. 182) LCT, rechazándola por los rubros vacaciones 2008 y art. 132 bis LCT, por lo considerado. II°) COSTAS conforme lo considerado.- III°) REGULAR HONORARIOS por el proceso de conocimiento a los letrados: FERNANDO COLETTI la suma de $ 48.874,34 (pesos cuarenta y ocho mil ochocientos setenta y cuatro con 34 ctvos.) y $ 6.353,66 (pesos seis mil trescientos cincuenta y tres con 66 ctvos.); a ANA GLORIA CORNEJO la suma de $ 26.066,29 (pesos veintiseis mil sesenta y seis con 29 ctvos.) y $ 5.734,58 (pesos cinco mil setecientos...

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