El juicio por jurados a la luz de las exigencias del bloque de constitucionalidad

AutorGabriel Illescas Álvarez
CargoAbogado. Graduado de la Facultad de Derecho (Unicen). Ayudante en la asignatura Introducción al Derecho, Facultad de Derecho (Unicen).
Páginas81-96
CARTAPACIO DE DERECHO
El juicio por jura dos a la luz de las exigencias, Car tapacio de Derecho, Vol. 38 (2020),
Faculta d de Derecho (Unicen).
EL JUICIO POR JURADOS A LA LUZ DE LAS EXIGENCIAS
DEL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD
ILLESCAS ÁLVAREZ, GABRIEL1
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO
1. Introducción
n la presente ponencia se busca problematizar ciertos aspectos relati-
vos al funcionamiento del juicio por jurados en la provincia de Bue-
nos Aires desde el lente propuesto por los estándares constituciona-
les y convencionales. Para ello comenzaremos con una breve introducción so-
bre el juicio por jurado (en adelante JxJ), para luego analizar dos de las etapas
fundamentales del mismo. Finalmente tomando como ejemplo las exigencias
internacionales en materia de género, se esbozarán lineamientos para comen-
zar a discutir sobre los desafíos que la implementación del JxJ nos presenta.
2. El juicio por jurados
1 Abogado. Graduado de la Facultad de Derecho (Unicen). Ayudante en la asignatura In-
troducción al Derecho, Facultad de Derecho (Unicen).
E
2 Gabriel Illescas Álvarez
www.cartapacio.edu.ar
En primer lugar, nos encontramos con un instituto que lleva pocos años de
implementación en nuestra provincia y que atraviesa sus primeros pasos. Des-
de comienzos de siglo XIX se han elaborado proyectos a lo largo del país, pe-
ro su materialización recién ha visto la luz en los últimos años, y sólo en los
ámbitos provinciales2. En la presente ponencia partimos de la base de que su
dimensión constitucional y la obligatoriedad de instaurarlo, ofrece a la clase
dirigente un “remedio” con posibilidades de revertir –en buena medida- los
problemas que caracterizan la crisis de legitimidad del sistema de justicia
penal (Porterie y Romano, 2018: 20). Consideramos que su correcta puesta
en funcionamiento permite garantizar mejores niveles de imparcialidad y un
control social sobre el funcionamiento del sistema de justicia. A su vez, en pos
de no continuar soslayando la voluntad de las partes, a la hora de resolver los
conflictos propios del sistema actual, la elección queda en manos del acusado
lo que se condice con ver dicho esquema procesal como un derecho del impu-
tado y como parte del ejercicio pleno del derecho de defensa (Letner y Piñey-
ro, 2017).
El juicio por jurados nos permite la posibilidad de democratizar la justicia y
nos brinda una herramienta que sirva como garantía de derechos humanos y
que rompa con los vicios históricos de palacios de justicia tecnificados y ale-
jados de la realidad. A su vez nos permite concretar los postulados del sistema
acusatorio y hacer un efectivo control del sistema de justicia, el cual actual-
mente es funcional al proceso de selectividad, continuamente reproduce es-
quemas que violan los principios penales constitucionales básicos y se caracte-
riza por la violencia del castigo.
Más allá de que pueda ser observado como un modelo de organización pública
2 Actualmente las provincias de Buenos Aires, Neuquén, Chaco y Córdoba cuentan con JxJ en
funcionamiento, en tanto Mendoza, Rio Negro y San juan ya han aprobado la normativa para imple-
mentarlo

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