Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 1, 5 de Octubre de 2022, expediente FRE 008525/2022/CA001

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA

8525/2022

JUDIS, E.G. c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DEL

CHACO AUSTRAL (UNCAUS) s/RECURSO DIRECTO LEY DE

EDUCACION SUPERIOR LEY 24.521

Resistencia, 05 de octubre de 2022.- GDC

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “JUDIS E.G. C/ UNIVERSIDAD

NACIONAL DEL CHACO AUSTRAL (UNCAUS) S/ RECURSO DIRECTO LEY DE

EDUCACION SUPERIOR LEY 24.521”, Expte. N° FRE 8525/2022;

Y CONSIDERANDO:

Incidente Nulidad de Notificación:

La parte demandada promueve incidente de nulidad de notificación de la resolución decretada por esta Cámara en fecha 16/09/2022 notificada a la Universidad Nacional del Chaco Austral por mail y agregada en fecha 29/09/2022.

En su presentación señala el recurrente que al actor se lo notifica en su domicilio y a la demandada se le remite un mail a un domicilio no oficial ocasionándole a la Universidad un perjuicio al impedir comparecer en tiempo y modo. Hace referencia a los distintos aspectos que encierran la notificación del destinatario, como su individualización,

constancia de recepción, copia fijada en la puerta de acceso en el domicilio real. Por ello ante la defectuosa citación en contradicción a lo dispuesto por los arts. 133, 135, 137, 141,

149, 169 y 172 que resultan de aplicación por remisión expresa,

Fecha de firma: 05/10/2022

Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: G.D.E.C., SECRETARIO

Firmado por: R.A., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: P.B.G., JUEZA SUBROGANTE

debe hacerse efectivo el apercibimiento contenido en el art. 149

y declarar nula la citación.

Que el auto cuestionado, afecta gravemente el derecho de defensa de su parte impidiéndole conocer con exactitud los hechos demandados.

Que la notificación cuya nulidad plantea se habría efectivizado sólo en apariencia dado que no fue practicada de conformidad a lo establecido por el Código de procedimientos en cuanto no se individualizó correctamente el domicilio del destinatario.

Aduce, además, que se la privó de ejercer su derecho de defensa al omitir requerir el informe previo, lo que hubiera permitido conocer al Tribunal las motivaciones y antecedentes de la Resolución 195 CS cuya suspensión pretende. Ofrece prueba Hace reserva del Caso Federal y culmina con petitorio de estilo.

A la hora de decidir cabe señalar inicialmente que –como es de público conocimiento y, con más razón, por los profesionales del derecho-, las cédulas en formato papel –si bien se encuentran reglamentadas en el CPCCN y se aplican en estos tiempos excepcionalmente-, han sido desplazadas atento implementación del sistema judicial (Sistema Lex 100), y cediendo su libramiento ante la posibilidad de notificar a las partes en un domicilio electrónico, el cual las Entidades y Organismos oficiales tuvieron y tienen la obligación de constituir lo que permite notificarlas o tenerlas individualizadas mediante un Oficio DEO Externo (circunstancia Fecha de firma: 05/10/2022

Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: G.D.E.C., SECRETARIO

Firmado por: R.A., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: P.B.G., JUEZA SUBROGANTE

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA

que la demandada, aun después de tantos años no lo concretó), y que en defecto, surge la posibilidad de notificar a los mentados organismos al mail registrado en la página web.

Así, al no tener la UNCAUS el domicilio electrónico denunciado se dirigió la notificación de la sentencia y del apercibimiento de fijar astreintes al correo “administrativa@uncaus.edu.ar” en fecha 16/09/2022.

Recepcionado el mismo, la Secretaria Educativa-

Administrativa correspondiente devolvió dicho mail a esta Cámara informando que no era el lugar pertinente para el envío de la notificación en cuestión, careciendo de facultades para darse por notificada, por lo cual solicitó se notificara la sentencia a la siguiente casilla de correo “rectorado@.uncaus.edu.ar”.

En virtud de ello se procedió a una nueva notificación...

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