JUBILACIONES Y PENSIONES: Régimen de capitalización; cuentas individuales; traspaso de fondos; constitucionalidad (CS, marzo 26-2013)

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JURISPRUDENCIA
las pautas que surgen de los considerandos
precedentes.
Por lo expuesto, y oída la Procuradora
Fiscal, se hace lugar a la queja intentada,
se declara admisible el recurso ex traordi-
nario y se deja sin efecto la sentencia en
cuanto fue materia de agravios. Las costas
se imponen por su orden atento a las parti-
culares circ unstancias de la causa. Vuelvan
los autos al tribunal de origen pa ra que,
por quien corresponda, se dicte u n nuevo
pronunciamiento con arreglo al presente. —
Highton de Nolasco. — Maqueda.
JUBILACIONES Y PENSIONE S: Régi-
men de capitalización; cuentas indi-
viduales; tra spaso de fondos; consti-
tucionalidad
· En materia de benef‌icios previsionales el
derecho adquirido lo es a que se respete la
situación del jubilado o retirado, ya que nadie
tiene un derecho adquirido al mantenimiento
de leyes o reglamentaciones o a la inmovilidad
legislativa (Del dictamen de la Procuradora
Fiscal que la Corte c omparte).
2. — La obligatoriedad de los aportes en
las cuentas de capitalización individual hace
desmoronar las pretensiones d el peticionant e
en cuanto a la propiedad de las sumas que
ellos signif‌ican (Del dict amen de la Procu-
radora Fiscal que la Corte c omparte).
3. — Aún cuando los fondos de la cuenta
de capitalización individual no pertene-
cían a la A.F.J.P. sino a sus af‌iliados y se
podían trasmitir por herencia, el objetivo
principal de dicho mecanismo era cubrir las
contingencias de vejez, muerte o incapacidad
como en cualquier otro régimen previsional,
ya que los montos se depositaban a partir
de una manda legal y en virtud del cumpli-
miento de un sistema de seguridad social,
que si bien no respondía a los parámetros
habituales, fue ideado por el legi slador con
fundamento en el art. 14 bis de la C.N. (Del
dictamen de la Procuradora Fiscal que la
Corte compar te).
2906. — CS , marzo 26 -2013. — Rossi,
Pablo A. c. Estado Nacional - Mi nisterio
de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
y otros s/a mparos y sumar ísimos, TyS S,
’13- 227.
Referencias:
(CFed. Seguridad Social, sal a III, agosto
31-2009. — Rossi, Pablo A. c. Estado Na-
cional ñ Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social y otros), TySS , ’09-1100
Considerando:
Que esta Corte compart e los fundamentos
y conclusiones del dictamen de la Procurado-
ra Fiscal, cuyos térm inos se dan por repro-
ducidos por razón de brevedad.
Por ello, el Tribunal resuelve: desestimar
la presentación directa.
Suprema Corte:
Dictamen de la Procuradora Fiscal:
I. La Sala III de la Cáma ra Federal de la
Seguridad Soc ial conf‌irmó, por mayoría, la
sentencia de la anterior instancia y re chazó
la acción de amparo intentada por el actor,
por medio de la cual reclamó que se manten-
ga el sistema de capitalización instituido por
la ley 24.241 (derogado por la ley 26.425) y
solicitó que se impida el traspaso a la ANSe S
de los fondos que integraban su cuenta indi-
vidual de capitalización en una A .F.J.P.
Contra lo así decidido el actor interpuso
recurso extraordi nario que, al ser denegado,
motivó la presente queja.
II. Af‌irma el recurrente, en su escrito de
recurso extraordi nario que acompaña a esta
presentación directa, que los fondos que se
encontraban en su cuenta de capitalización
e integraban su patrimonio, pasaron a poder
del Estado Nacional lo que implica —conti-
núa— una grosera y evidente violación al de-
recho de propiedad garantizado por la Carta
Fundamenta l. Citando antigua jurisprudencia

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