Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, 26 de Agosto de 2010, expediente 46.938

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2010

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario S.

  1. N° 1286, T. X, F° 3617/9.

    SISTENCIA, veintiseis de agosto de dos mil diez.-MC

    Y VISTOS:

    Estos autos caratulados: “D.E.J.

    C/SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL S/MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA”,

    expediente N° 46.938, proveniente del Juzgado Federal de Pcia.

    R.S.P. en virtud del recurso de apelación de fs.

    41/48 contra la resolución de fs. 22/23;

    Y CONSIDERANDO:

    1) Antecedentes: Los actores individualizados a fs.

    16, retirados del Servicio Penitenciario Federal (en adelante S.P.F.) conforme constancias obrantes a fs. 1/15, interponen Medida C.I. a fin de que se ordene al S.P.F. les abone en sus haberes mensuales el aumento establecido por el Decreto N° 1163/07.-

    Manifiestan que dicho decreto estableció un incremen-

    to del 12,50% en los haberes mensuales de los retirados y pen-

    sionados de las Fuerzas de Seguridad, entre ellos, del Servicio Penitenciario Federal a partir del 1° de septiembre de 2007, y que revistiendo la calida de retirados, no lo perciben.-

    Que interponen la medida ya que el art. 2° del Decre-

    to N° 1163/07 establece que sólo podrán percibir dicho incre-

    mento los retirados y/o pensionados que no hayan obtenido judi-

    cialmente el cobro de otros incrementos.-

    Consideran que lo expuesto en dicho articulado es discriminatorio y sin sustento legal; que el hecho de que algu-

    nos actores hayan recurrido a la justicia no es óbice para de-

    jarlos fuera de un aumento a través de un suplemento no remune-

    rativo ni bonificable, ya que se castiga así al que acude a la justicia en defensa de sus derechos.-

    A fs. 22/23 se concede la medida cautelar innovativa solicitada por los actores, y se ordena al S.P.F. que abone a los individualizados en el punto 1° del resuelvo el Decreto N°

    1163/07.-

    A fs. 25 los actores L., A., L. y Z. desisten de la acción. D. resolución el Inferior a fs. 27

    haciendo lugar al mismo, por lo que la causa se recaratuló con el único actor que no desistió de la acción.-

    2) a. Apela el S.P.F. a fs. 41/48, expresando agra-

    vios que en síntesis son los siguientes:

    - Que el Decreto 1163/07 es inaplicable al actor, ya que el mismo se dicta en virtud de todos aquellos retirados y o pensionados que no habían iniciado reclamo o acciones judi-

    ciales, a fin de poder igualar la condición de unos y otros.

    - Que la sentencia que ordena el pago de los mismos origina un enriquecimiento sin causa al actor.

    - Que la resolución interlocutoria atacada constituye una clara satisfacción del...

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