Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 15 de Junio de 2017, expediente CNT 047878/2013/CA001

Fecha de Resolución15 de Junio de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 47878/2013 - JUÁREZ, D.H. c/ ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO LIDERAR SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 15 de junio de 2017.

se procede a votar en el siguiente orden:

El D.R.C.P. dijo:

  1. Contra la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo, recurre la parte demandada a mérito del escrito de fs. 79/83, que mereciera réplica de su contraria de fs. 85/88.

    Así también, objeta los honorarios regulados a la representación letrada del actor y al perito médico por considerarlos elevados.

  2. La recurrente apela la valoración de la prueba pericial médica efectuada por el sentenciante, que haya aplicado la actualización a la que alude el art. 8 de la ley 26773 al resultado de la fórmula prevista en el 14 inc. 2 ap. a) de la ley 24.557 y la fecha a partir de la cual estableció que deben computarse los intereses.

    Adelanto que, de prosperar mi voto la queja relativa a la primera de dichas cuestiones no ha de tener favorable recepción.

    Al interponer su reclamo el accionante afirmó

    que el día 16/06/11 se había pinchado su mano derecha al tomar contacto con un recipiente lleno de agujas y jeringas utilizadas en la extracción de sangre, que no habían sido desechadas junto con los residuos patológicos, y que -a raíz de ello- tuvo que someterse a diversos estudios debido al riesgo de haber contraído alguna enfermedad infecto-contagiosa, lo cual le ocasionó un padecimiento psicológico.

    El perito médico actuante, en base al psicodiagnóstico practicado el accionante, en el cual se determinó que padecía un trastorno adaptativo con Fecha de firma: 15/06/2017 Alta en sistema: 11/07/2017 Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX #20002205#181507771#20170615091850825 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX síntomas de ansiedad (ver sobre de prueba reservada), concluyó que el trabajador presenta una incapacidad parcial y permanente del 20% de la total obrera (ver fs. 47/49).

    El Sr. Juez de grado, tuvo en cuenta que las explicaciones brindadas por el perito médico a las impugnaciones formuladas por la aseguradora no fueron cuestionadas en su oportunidad y, en consecuencia, otorgó pleno valor probatorio a lo informado por el galeno.

    Considero que la apelación articulada es una mera discrepancia con los términos del dictamen médico que tuvo en cuenta el señor magistrado en la sentencia que se recurre, dado que no se incorporan elementos científicos que puedan conmover las conclusiones expuestas en la anterior sede.

    La recurrente se limita a señalar que el padecimiento psicológico del...

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